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a)
Opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato.
b)
Opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional.
A estos efectos, no serán vinculantes las opciones cursadas en tercer curso de Educación Secundaria
Obligatoria.
2.
En la opción de enseñanzas académicas, los
alumnos y alumnas
deben cursar las siguientes materias
generales del bloque de asignaturas troncales:
a)
Geografía e Historia.
b)
Lengua Castellana y Literatura.
c)
Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas.
d)
Primera Lengua Extranjera.
3.
En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración
educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los
alumnos y alumnas
deben cursar al menos
dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales:
1)
Biología y Geología.
2)
Economía.
3)
Física y Química.
4)
Latín.
4.
En la opción de enseñanzas aplicadas, los
alumnos y alumnas
deben cursar las siguientes materias generales
del bloque de asignaturas troncales:
a)
Geografía e Historia.
b)
Lengua Castellana y Literatura.
c)
Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas.
d)
Primera Lengua Extranjera.
5.
En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración
educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los
alumnos y alumnas
deben cursar al menos
dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales:
1)
Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional.