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ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016
AÑO I - Nº 4 - ABRIL 2017
y lo mismo ocurre en Secundaria
y Bachillerato. En Bachillerato, por
ejemplo, etapa no obligatoria, la
gran novedad que la LOMCE esta-
blece para la Religión es que puede
o no ofertarse ya que, al ser una
asignatura específica, ésta depende
de la regulación y de la programa-
ción de la oferta educativa que es-
tablezca cada Administración edu-
cativa y, en su caso, de la oferta de
los centros docentes.
En el curso 2015/2016, la asig-
natura de Religión se distribuyó de
formas muy dispares en las dife-
rentes comunidades, veamos algu-
nos ejemplos:
• En
Andalucía
se marcó otorgarle
45 minutos semanales en Prima-
ria, una hora semanal en primero,
segundo y cuarto de la ESO y dos
horas en tercero, y una hora y
dos horas semanales en primero
y segundo de Bachillerato, res-
pectivamente.
•
Aragón
marcó dos horas de Re-
ligión en Infantil y Primaria, una
hora en Secundaria y otra en Ba-
chillerato, con su alternativa de
Educación para la Ciudadanía.
• Lo mismo que Aragón implantó
Asturias
, solo que eliminando la
asignatura en el segundo curso
de Bachillerato.
• En las
Islas Baleares
se mantu-
vo una hora semanal de Religión
en Primaria y ESO, aumentando a
tres las de Bachillerato, y en las
Canarias
los valores fueron muy
parecido a los de la anterior LOE.
• En
Cantabria
se marcaron hora y
media para Primaria, una hora en
Secundaria, una hora en primero
de Bachiller y ninguna en segun-
do.
•
Castilla - La Mancha
optó por
mantener una hora y media de
clase en Primaria, cinco horas en
Secundaria (como con la LOE) y
dos horas en primero de Bachi-
llerato.
• Castilla y León
redujo en Prima-
ria de 9 horas a 7,5, y dejó igual
la distribución en ESO y Bachiller
(5 y 2, respectivamente).
• En
Ceuta
y
Melilla
solo se deja-
ron 45 minutos para esta asigna-
tura.
• En
Navarra
se deja una hora y
media semanal en toda la etapa
de Primaria, dos horas en prime-
ro y segundo de ESO, una hora en
tercero y cuarto, y tres horas en
primero de Bachillerato.
Con estos ejemplos, podemos
ver que en la ESO hay una mayor
homogeneidad en el descenso
horario de la Religión y es gene-
ralizada la determinación de una
hora de esta materia en cada uno
de los cuatro cursos escolares de
dicha etapa educativa. Por su parte,
en el primer curso de Bachillerato
la asignatura está presente en to-
das las comunidades autónomas,
ya que los “Acuerdos entre el es-
tado Español y la Santa Sede”, de
1979, así lo estipula. Sin embargo,
no sucede lo mismo en el segundo
curso, donde algunas comunidades
autónomas han prescindido de ella.
En este último caso, la interpreta-
ción de los reseñados acuerdos,
firmados el 3 de enero de1979 es
ambigua, pero no por eso hay que
dejar de tenerlos en cuenta. Estos
acuerdos evidentemente se refieren
a la enseñanza de la Religión Cató-
lica pero su aplicación arrastra al
resto de confesiones que se ofertan
en función de los alumnos que las
escojan y a los acuerdos que el Es-
tado español tiene con ellas.
Por su parte, los acuerdos con
el Vaticano establecen con nitidez
que:
• La Religión Católica deberá
ofertarse de forma obligatoria
pero con carácter de elección
voluntaria.
• La enseñanza religiosa será
impartida por las personas que
sean designadas por la autori-
dad académica entre aquellas
que el ordinario diocesano pro-
ponga para ejercer esta ense-
ñanza.
• A la jerarquía eclesiástica co-
rresponde señalar los conteni-
dos de la enseñanza y forma-