15
ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016
AÑO I - Nº 1 - ABRIL 2016
El curso homologado ‘
Metodología de
la actividad emprendedora y empresa-
rial en Educación Primaria y Secunda-
ria
’ ofrece al docente una visión global de
la aplicación práctica de la ley de empren-
dedores sobre el currículo de las etapas
de Primaria y Secundaria. Las actividades
desarrolladas proporcionan al profesora-
do las herramientas necesarias con las
que entrenar la competencia emprende-
dora en las aulas.
En el marco del
Plan de Formación
Permanente de la Universidad Camilo
José Cela
, reconocido en el baremo de
puntos de oposiciones y concursos de
traslados, presenta a los docentes de
Primaria y Secundaria técnicas metodo-
lógicas, estrategias y recursos didácticos
para impulsar la iniciativa y el espíritu
emprendedor de su alumnado. Las téc-
nicas metodológicas, las estrategias y
los recursos didácticos ayudarán al pro-
fesorado a la hora de abordar el empren-
dimiento con sus alumnos. En concreto,
las acciones formativas puntuables en
todas las comunidades autónomas están
dirigidas a los docentes constituyendo el
elemento decisivo a la hora de lograr la
eficacia y la eficiencia de los sistemas de
educación.
La
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo
, de educación, modificada por la
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre
para la mejora de la calidad educativa,
establece que la formación permanente
constituye un derecho y una obligación
de todo el profesorado, y una responsabi-
lidad de las administraciones educativas y
de los propios centros.
En este contexto se encuadra el se-
xenio, un componente retributivo por
formación permanente del profesorado,
que se percibe por acreditación cada seis
años de servicio docente, en concreto, de
su participación en actividades de forma-
ción con al menos una duración mínima
de 100 horas.
CARACTERÍSTICAS DEL
SEXENIO
En los últimos años, la mayoría de co-
munidades autónomas han regulado la
normativa, especificando el número de
horas que necesitan acreditar los docen-
tes para el reconocimiento del sexenio.
Aquéllas que no cuenten con una norma-
tiva propia se regirán por lo establecido
en el procedimiento ministerial. La fecha
de finalización de la actividad formativa
debe estar comprendida en el intervalo de
tiempo que constituye el sexenio, es decir,
en los seis años anteriores a la fecha de
cumplimiento. Los créditos sobrantes no
son computables para el siguiente a cum-
plir. Los efectos económicos del sexenio
son a mes vencido y su cuantía es igual
para los cuerpos de Primaria que para los
de Secundaria, y varía según el número
del sexenio. Esta cantidad aparece en
nómina como ‘Complemento Específico
Formación Permanente’.
FORMACIÓN
HOMOLOGADA
Campuseducacion.comha abierto el
plazo de inscripción para acceder a los
cursos de Formación Permanente del
Profesorado Homologados por el Minis-
terio de Educación, Cultura y Deporte en
colaboración con ANPE Albacete, sindica-
to independiente de Castilla-La Mancha,
dirigidos a maestros y profesores.Estos
cursos son válidos como méritos y pun-
tuables en Concurso General de Traslados
y Sexenios en todas las comunidades au-
tónomas (exclusivamente, en la Comuni-
dad de Madrid no será reconocido para
sexenios a raíz de la publicación de la
Orden 2883/2008, de 6 de junio).
Para formalizar la solicitud de inscrip-
ción se puede acceder al ‘Asistente de
Matrícula’ y seleccionar los cursos de for-
mación permanente para maestros y pro-
fesores con descuentos de hasta el 30%.
Legislación Específica sobre la
Formación Permanente
E
l Ministerio de Educación y las comunidades autónomas han desa-
rrollado una legislación específica sobre la formación permanente
del profesorado. En este sentido, la normativa contempla el comple-
mento específico por formación permanente, conocido como sexenio.
María Soledad López García
•
Licenciada en Psicología.
•
Máster de Profesorado en
Educación Secundaria en Idioma
Inglés.
•
Diplomada en Turismo.
•
Docente SEPE y JCCM en
Comunicación y Marketing
Internacional.
Cómo citar:
LÓPEZ GARCÍA, M. S.
Legislación
Específica sobre la Formación Permanente.
(2016, Abril) Campus Educación, Revista
Digital Docente Nº 1, pp. 15
Referencias
Bibliográficas
• BOE (2013) Ley Orgánica.
8/2013,
de 9 de diciembre, para
la mejora de la calidad educati-
va. BOE 295 (10 de diciembre
2013).
• BOE (2013) Ley 14/2013,
de 27
de septiembre, de apoyo a los
emprendedores y su interna-
cionalización. BOE 233 (28 de
septiembre 2013).
Referencias
Bibliográficas
• BOE (2013) Ley Orgánica.
8/2013, de 9 de diciembre,
para la mejora de la calidad
educativa. BOE 295 (10 de
diciembre 2013).