18
AÑO I - Nº 1 - ABRIL 2016
ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016
tado el título de Grado.
No obstante, no
se valorará el título de Grado obtenido
mediante la realización de un curso de
adaptación orientado a quien posea una
titulación universitaria (diplomatura o
licenciatura) referida a las mismas en-
señanzas.
No se considerarán como títulos dis-
tintos las diferentes
especialidades o
menciones que se asienten en una misma
titulación.”
Además, el subapartado 2.3.2 del Ane-
xo II especifica más concretamente en
la
documentación a presentar…
“Fotocopia de la certificación académica
en la que conste para cada materia el tipo
de superación de la misma (convalidada,
cursada, adaptada...)
No se entenderán
como materias cursadas las superadas
mediante un curso de adaptación.
Si se presenta fotocopia de la titulación
de segundo ciclo, solo se valorará este úl-
timo. Solo se valorarán aquellos títulos en
los que aparezcan más del 40% de asig-
naturas cursadas y superadas.
No se consideran como títulos distin-
tos las diferentes especialidades que se
asienten en una misma titulación.”
PUNTUACIÓN DEL
CURSO DE ADAPTACIÓN
A GRADO PARA
MAESTROS EN MURCIA,
MADRID Y CANTABRIA.
• Estas Comunidades Autónomas con-
tienen idénticas aclaraciones al su-
bapartado correspondiente donde
no
queda claro la validez
de aquellos cur-
sos de adaptación donde se convaliden
gran parte de las asignaturas.
• Exige Certificación Académica de am-
bos títulos.
No queda claro el matiz claramente
marcado de “se han cursado y superado
todos los créditos…”. Es por esto que no
podemos decantarnos ni en un sentido
ni en otro. Extracto de la últimas convo-
catorias de Madrid, Murcia y Cantabria de
Maestros y Primaria, en ambos casos la
nota aclaratoria es idéntica.
ANEXO BAREMO de Méritos. Turno
libre y reserva de discapacitados.
NOTAS al Subapartado 2.3 (Otras
Titulaciones Universitarias).
“3. El título universitario oficial de
Grado es equivalente a efectos de va-
loración a una Licenciatura. Para su
correcta acreditación, si es distinto a
la titulación alegada para ingreso en el
cuerpo, se deberá aportar, necesaria-
mente,
la certificación académica de
dichas titulaciones
(tanto la alegada
como requisito, como el título de Gra-
do presentado como mérito),
donde
se haga constar que se han cursado
y superado todos los créditos
corres-
pondientes para la obtención del Título
universitario oficial de Grado. La obten-
ción del título de Grado, a través de ti-
tulaciones de primer ciclo (Diplomatu-
ras, Ingenierías Técnicas, Arquitecturas
Técnicas), dará lugar, exclusivamente,
al reconocimiento de la puntuación co-
rrespondiente a la titulación de segun-
do ciclo.”
PUNTUACIÓN DEL
CURSO DE ADAPTACIÓN
A GRADO PARA
MAESTROS EN EL PAÍS
VASCO.
• La Comunidad Autónoma del Pais Vas-
co hace alusión expresa a este tipo de
titulaciones en su apartado 2.3.2.- Titu-
laciones de segundo ciclo.
• No exige Certificación Académica de
ambos títulos.
Entendemos que el apartado referente
a titulaciones de segundo ciclo es bastan-
te explícito al respecto y por tanto
NO se
valorarán los grados obtenidos median-
te cursos de adaptación referidos a las
mismas enseñanzas,
aunque no parece
que exija certificación académica de am-
bas titulaciones.
Extracto de la última convocatoria:
ANEXO I BAREMO de Méritos.
2.3.(Otras Titulaciones Universitarias).
“II.3.2.– Titulaciones de segundo ciclo:
Por los estudios correspondientes al se-
gundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías,
Arquitecturas, o títulos declarados legal-
mente equivalentes a todos los efectos.
Asimismo, se valorará en este apartado el
título de Grado. No obstante,
no se valora-
rá el título de Grado obtenido mediante
la realización de un curso de adaptación
orientado a quien posea una titulación
universitaria (diplomatura o licenciatu-
ra) referida a las mismas enseñanzas.”
PUNTUACIÓN DEL
CURSO DE ADAPTACIÓN
A GRADO PARA
MAESTROS EN LA RIOJA.
• La Comunidad Autónoma de La Rioja
hace alusión expresa a este tipo de titu-
laciones en su apartado 3.4. Titulacio-
nes de Grado.
• No exige Certificación Académica de
ambos títulos.
La Rioja es la única Comunidad Autó-
noma que
contempla los títulos de grado
en un apartado específico y fuera del
Apartado 2.
Formación Académica (Nor-
malmente, en el resto de Comunidades se
incluye en el Apartado 2.3.2 Titulaciones
de Segundo Ciclo).