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AÑO I - Nº 1 - ABRIL 2016
ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016
• Cursos Homologados online para
Oposiciones de Profesores de Educación
Secundaria , FP, EOI, Conservatorios, etc.
FORMACIÓN DEL
PROFESORADO
¿Qué requisitos de formación inicial
se exigen para el acceso a la función
pública docente? ¿Necesito el Máster
de Formación del Profesorado? ¿En qué
medida importa la formación en cursos
homologados para méritos en la fase de
concurso?
A continuación, hacemos un breve re-
corrido desde las características y requi-
sitos de la formación inicial para obtener
la titulación universitaria que da acceso al
ejercicio de la función docente pública, a
la formación permanente que acompaña-
rá al docente a lo largo de su trayectoria
profesional y cuya acreditación puntúa
en el baremo del concurso- oposición
tanto los Maestros de Educación Infantil
y Primaria, en todas sus especialidades:
primaria, música, educación física, PT,
AL, inglés, etc.; como a Profesores de En-
señanza Secundaria, Profesores Técnicos
de Formación Profesional, Profesores de
Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores
de Música y Artes Escénicas y Profesores
de Artes Plásticas y Diseño.
“La formación de los docentes es un
factor clave para mejorar la calidad de la
Educación.”
FORMACIÓN INICIAL
PARA LA FUNCIÓN
DOCENTE
Cuando hablamos de formación inicial
de los docentes nos referimos a la titu-
lación que se necesita para acceder a la
función docente y ejercer la enseñanza en
las distintas etapas dentro de nuestro Sis-
tema Educativo.
La
Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo
de Educación (LOE),
modificada par-
cialmente por la
Ley 8/2013, de 9 de di-
ciembre, para la Mejora de la Calidad
Educativa (LOMCE),
hace referencia en
su capítulo III a la formación del profe-
sorado, y señala, en el artículo 100, que
los contenidos de la formación inicial del
profesorado han de garantizar a los futu-
ros maestros y profesores la capacitación
adecuada para afrontar los retos del siste-
ma educativo y adaptar las enseñanzas a
las nuevas necesidades formativas.
Indica que la formación inicial del pro-
fesorado se ajustará a las necesidades de
titulación y de cualificación requeridas por
la ordenación general del sistema educati-
vo, y que se adaptará al sistema de grados
y postgrados del espacio europeo de edu-
cación superior según lo que establezca la
correspondiente normativa básica.
¿QUÉ TITULACIONES SON
REQUISITO PARA EJERCER LA
DOCENCIA EN LAS DISTINTAS
ETAPAS EDUCATIVAS?
Para responder a esta pregunta se-
guimos los criterios establecidos en la
Ley de Educación y en el
Real Decreto
276/2007, de 23 de febrero
, por el que
se aprueba el Reglamento de ingreso,
accesos y adquisición de nuevas especia-
lidades en los cuerpos docentes a que se
refiere la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo,
de Educación, y se regula el régi-
men transitorio de ingreso a que se refiere
la disposición transitoria decimoséptima
de la citada ley (artículo 13).