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ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016
AÑO III - Nº 12 - DICIEMBRE 2018
to entre los niños en la escuela: la
ley del silencio y la ley del domi-
nio-sumisión. Ya que se encuen-
tran las personas implicada tanto
directa como indirectamente que
suelen mantener silencio de lo que
sucede (y provoca que dificulte que
deje de ocurrir) y, por otro lado, se
encuentran las personas que están
directamente implicadas en la que
mantienen un vínculo en el que uno
aprende a dominar al otro y a ser
sumiso a esta dominación.
Por otro lado, en el acoso, se inti-
mida a personas concretas, no a un
colectivo. Este puede incluir actos
de agresión física, verbal o sexual.
Normalmente, hay un desequilibrio
de poder, ya que la víctima siente
que no puede defenderse adecua-
damente ante el agresor/es (Huer-
tas, 2007).
Siguiendo a este mismo autor,
destacar que principalmente se
utiliza como forma del maltrato la
humillación, a través de insultos,
descalificaciones, motes, o difusión
de rumores ofensivos en público.
Aparece con más frecuencia en
la adolescencia temprana (entre los
11-14 años) y media (15-17 años),
ya que, esta etapa se caracteriza
por el estrés que provocan los cam-
bios en sus cuerpos (talla, faciales,
sexuales…) y a nivel psicológico
(desequilibrio emocional, compor-
tamientos volátiles e imprevisibles,
ruptura de los vínculos familiares
habituales y serias alteraciones en
el autoconcepto y autoestima).
En España, el Informe Cisneros
X sobre Violencia y Acoso Escolar,
que se realizó en 14 Comunidades
Autónomas a 25.000 alumnos en
el año 2006, detectó que sobre el
25% de los alumnos, es decir, uno
de cada cuatro, sufre algún tipo
de maltrato físico o psicológico. Y
entre los 11 y 14 años se encuen-
tra el periodo de mayor riesgo de
aparición de acoso. Aunque este
porcentaje puede llegar a disminuir
progresivamente hasta Bachillerato
con un 11% (Oñate y Piñuel, 2006).
La Organización Panamericana
de la Salud (OPS) y la Organización
Mundial de la Salud (OMS) (2004),
debido a un informe que realizó el
Ministerio de Salud de Costa Rica,
se señaló que la violencia debe
abordarse como un problema de
salud pública, ya que provoca le-
siones y muerte prematuras, ade-
más de que promueve el deterioro
de las relaciones sociales en varias
direcciones.
Anivel normativo
En España, no existe una ley que
recoja de forma concreta e integral
las diferentes formas de violencia
que pueden ser ejercidas contra la
infancia como puede ser el acoso
escolar o el ciberacoso. Aunque al-
gunos aspectos sí que se encuen-
tran recogidos en varios documen-
tos normativos:
• La Constitución Española de 1978
recoge como valores esenciales:
el derecho a la integridad física y
moral (artículo 15), el derecho a
la libertad y a la seguridad (artí-
culo 17), el derecho al honor, a la
intimidad personal y familiar y a
la propia imagen así como el se-
creto de las comunicaciones (ar-
tículo 18), el derecho a la tutela
judicial efectiva (artículo 24) y el
derecho a la educación (artículo
27). Y este último artículo señala
que debe haber un pleno desarro-
llo de la personalidad en el respe-
to a los principios democráticos
de convivencia y a los derechos
fundamentales.
• Ley Orgánica de Protección Jurí-
dica del Menor (1/1996 de 15 de
enero): requiere la protección de
los niños a los poderes público,
así como la ayuda a los padres
y tutores para ejercer sus fun-
ciones (artículo 12). Las perso-
nas que detecten una situación
de riesgo o posible desamparo
de un niño (como, por ejemplo,
una situación de acoso), tienen la
obligación de comunicarlo a las
autoridades (artículo 13).
• Si se atiende al ámbito educa-
tivo, nos encontramos con que
la Ley Orgánica 2/2006, recoge
lo importante que es la escuela
para la prevención y lucha contra
el acoso escolar. Además, en su
artículo 1 señala lo siguiente: “la
educación para la prevención de
conflictos y la resolución pacífica
de los mismos, así como para la
no violencia en todos los ámbitos
de la vida personal, profesional,
familiar y social, y en especial en
el acoso escolar”. También, entre
sus fines (artículo 2) se encuen-
tran:
• El pleno desarrollo de la persona-
lidad y de las capacidades afecti-
vas de los alumnos.
• La formación en el respeto de los
derechos y libertades fundamen-