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AÑO I - Nº 1 - ABRIL 2016
ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016
FASES DEL PROCESO
SELECTIVO
El sistema de selección para el ejer-
cicio de la docencia consta de las si-
guientes fases reguladas por el
REAL
DECRETO 276/2007, de 23 de febrero
,
por el que se aprueba el Reglamento de
ingreso, accesos y adquisición de nue-
vas especialidades en los cuerpos do-
centes a que se refiere la L
ey Orgánica
2/2006, de 3 de mayo,
de Educación,
y se regula el régimen transitorio de
ingreso a que se refiere la disposición
transitoria decimoséptima de la citada
ley.
FASE OPOSICIÓN
• Se valoran los conocimientos
específicos de la especialidad
docente a la que se opta, la apti-
tud pedagógica y el dominio de
las técnicas necesarias para el
ejercicio docente.
• Consta de dos pruebas y supone
dos tercios de la nota final del
concurso- oposición.
FASE CONCURSO
• Se valoran los méritos que se
definen en la convocatoria de
cada Comunidad Autónoma, se
incluyen la formación acadé-
mica y la experiencia docente
previa en los centros públicos
de la misma etapa educativa, los
cursos homologados para opo-
siciones, entre otros.
• La calificación de la fase de con-
curso se aplica únicamente a los
aspirantes que hayan superado
la fase de oposición, y supone
un tercio de la nota final.
La ponderación para formar la pun-
tuación global será:
• Fase de oposición: 55%
• Fase de concurso: 45%
FASE DE PRÁCTICAS
• La Administración Educativa de
cada Comunidad Autónoma re-
gula este período como funcio-
nario en prácticas, una vez su-
peradas las fases de oposición
y concurso.
• Este período de ejercicio de la
docencia en centros públicos
se desarrollará bajo la tutoría
de profesores experimentados,
tendrá una duración mayor a
un trimestre y no superior a un
curso escolar y podrá incluir
cursos de formación.
FASE DE OPOSICIÓN
¿En qué consiste la oposición a
maestros y profesores? ¿cómo son
las pruebas?, ¿en qué consiste la parte
teórica y práctica del examen?
En esta primera fase del procedi-
miento selectivo se tendrá en cuenta la
posesión de los conocimientos especí-
ficos de
la especialidad docente a la
que se opta, la aptitud pedagógica y
el dominio de las técnicas necesarias
para el ejercicio docente.
La convocatoria de cada Comunidad
Autónoma especificará las caracterís-
ticas propias de las pruebas de esta
fase del proceso, pero todas han de
respetar las directrices establecidas
en el
Real Decreto276/2007, de 23 de
febrero.
Todas las pruebas de las especia-
lidades de idiomas modernos en los
Cuerpos de Maestros, de Profesores
de Enseñanza Secundaria, y de Profe-
sores de Escuelas Oficiales de Idiomas
se desarrollarán en el idioma corres-
pondiente.
En todas las especialidades que in-
cluyan habilidades instrumentales o
técnicas, estas habilidades deberán ser
evaluadas en alguna de las pruebas
PRIMERA PRUEBA DE LA FASE
OPOSICIÓN
La primera prueba de la fase oposi-
ción tendrá por objeto la demostración
de los conocimientos específicos de la
especialidad docente a la que se opta,
y consta de dos partes que serán valo-
radas conjuntamente:
Parte A:
Una prueba práctica que per-
mita comprobar que los candidatos
poseen la formación científica y el
dominio de las habilidades técnicas
correspondientes a la especialidad a
la que se opte. Cada Comunidad Au-
tónoma especifica las características
propias de esta prueba en su convo-
catoria. Suele ser un supuesto prácti-
co que describe una situación escolar
relacionada con la especialidad para
que el opositor organice la respuesta
educativa en función de las caracterís-
ticas y circunstancias concretas que se
le plantean. En ocasiones son pregun-
tas cortas sobre distintos aspectos del
proceso de enseñanza
aprendizaje.EnMadrid, esta parte se subdivide a su
vez en dos pruebas, la primera de ellas
de cultura general común a todas las
especialidades, y la segunda sería el
supuesto práctico.
Parte B:
Desarrollo por escrito de un
tema elegido por el aspirante de entre
un número de temas, extraído al azar
por el tribunal, proporcional al número
total de temas del temario de cada es-
pecialidad a la que opta.
Número de temas de la especialidad
• No superior a 25 temas.
Se elige entre dos temas.
• Número superior a 25 temas e
inferior a 51.
Se elige entre tres temas.
• Número superior a 50 temas
Se elige entre cuatro temas.
Esta prueba se valorará de cero a
diez puntos. Cada una de las dos par-
tes de las que consta deberá suponer
como mínimo tres puntos de los diez
que comprenderá la valoración total de
esta prueba.
Para su superación, los aspirantes
deberán alcanzar una puntuación mí-
nima igual o superior a cinco puntos,
siendo ésta el resultado de sumar las
puntuaciones correspondientes a las
dos partes. A estos efectos la puntua-
ción obtenida en cada una de las partes
deberá ser igual o superior al 25 por
100 de la puntuación asignada a las
mismas.
SEGUNDA PRUEBA DE LA FASE
OPOSICIÓN
La segunda prueba de la fase oposi-
ción tendrá por objeto la comprobación
de la aptitud pedagógica del aspirante y
su dominio de las técnicas necesarias
para el ejercicio docente, y consistirá
en:
• La presentación y defensa oral
de una programación didác-
tica,
• y la preparación y exposición
oral de una unidad didáctica.
Previa a la defensa oral de tu progra-
mación didáctica, dispones de una hora,
como máximo, para la preparación de la
unidad didáctica, en un aula, sin posibili-
dad de conexión con el exterior. Para la