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ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016
AÑO V - Nº 17 - MARZO 2020
Palabras clave:
Prevención de Riesgos Laborales; Plan de prevención; Educación
preventiva; Cultura de prevención.
Abstract:
As schools must implement a Hazard Prevention and Control plan and
provide the necessary resources to develop it, we will focus on the role they truly play
and how school processes occupational safety culture.
Keywords:
Occupational safety; Hazard Prevention and Control plan; Culture of pre-
vention.
PrevencióndeRiesgos Laborales
enCentros Educativos
El contexto escolar y sus acciones
preventivas ante los riesgos
GABRIEL MOLINA CUESTA
• Ingeniero Técnico Industrial
• Técnico en Prevención de
Riesgos Laborales en tres
especialidades
• Personal de mantenimiento e
Instituciones Sanitarias en el
Hospital General Universitario de
Albacete (Albacete)
Puesto que los centros educativos deben contar con un plan de preveción
de riesgos laborales y contar con los recursos y medios necesarios para
desarrollarlo, nos centraremos en la labor que realmente desempeñan, y
sobre cómo es tratada la cultura de prevención desde la escuela.
C
onocer los diferentes tipos de
riesgos laborales asociados a
cada profesión, así como las
diversas formas de prevención re-
presenta para las organizaciones
una posibilidad de adaptarse a las
exigencias que el ambiente les im-
pone. Todo trabajador en el ejercicio
de sus funciones se ve expuesto a
este tipo de fenómenos pero con
la formación necesaria podrá hacer
frente a los posibles peligros, sobre-
poniéndose a la situación.
Existen leyes que al respecto han
sido creadas y ofrecen a los traba-
jadores las herramientas que, desde
el punto de vista legal, les permitan
apoyarse y alcanzar seguridad y pro-
tección. Esta legislación se basa en
el derecho de los trabajadores a un
trabajo en condiciones de seguridad
y salud, lo que conlleva el deber del
empresario para conseguir dicha
protección (FEUSO, 2015).
En este sentido, el artículo 16 de la
Ley 31/1995 de Prevención de Ries-
gos Laborales establece que
la pre-
vención de los riesgos laborales
deberá integrarse al sistema gene-
ral de gestión de la empresa, tanto
en el conjunto de sus actividades
como en todos los niveles jerárqui-
cos.
Por lo tanto, en un sistema de
gestión de la prevención se organi-
zará estructuralmente y se diseñarán
los procedimientos y mecanismos
necesarios para cumplir con todos
los requisitos que obliga la ley.
A esta realidad no escapan los cen-
tros escolares como entes gestores
educativos y, como otras institucio-
nes, deberán cumplir con la legis-
lación vigente, implementando una
serie de actividades de prevención
de los posibles riesgos que entraña
la vida en las escuelas.
A tal efecto, será necesario que las
instituciones educativas desarrollen
e implementen un plan de preven-
ción de riesgos laborales, que deberá
estar a disposición de las autorida-
des laborales, de las autoridades sa-
nitarias y de la comunidad educativa
en general.
El artículo 16.2 bis de la Ley de Pre-
vención de Riesgos Laborales establece
que las empresas, en atención al número
de trabajadores y la naturaleza y peligro-
sidad de las actividades desarrolladas,
podrán realizar el plan de prevención de
riesgos laborales, la evaluación de ries-
gos y la planificación de la actividad pre-
ventiva de forma simplificada, siempre
que ello no signifique una reducción del
nivel de protección de la seguridad y sa-
lud de los trabajadores y en los términos
que reglamentariamente se determinen
(FEUSO, 2015).
Los Riesgos Laborales
Entendemos el riesgo laboral