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ISSNe 2445-365X | Depósito Legal AB 199-2016
AÑO V - Nº 17 - MARZO 2020
ción, planeamiento y puesta en
práctica de lecciones, primeros
auxilios, entre otros)
• Formación
(prevención de la vio-
lencia, capacidad para el trabajo
en equipo, independencia, capa-
cidad auto-reflexiva, entre otros)
• Condiciones políticas y del mar-
co social
(regulaciones y leyes,
plan de estudios y pautas, tra-
bajar con los padres, las nuevas
tecnologías, la cooperación, rela-
ciones públicas, entre otras).
Medidas preventivas
para los trabajadores
de los centros
educativos
Las medidas preventivas deberán
tenerse en virtud de la labor que
ejerza cada trabajador en su puesto
de trabajo dentro del colegio.
Citamos a continuación algunas
de ellas (FeUSO, 2015):
Medidas preventivas establecidas
para el
personal directivo y admi-
nistrativo
son:
• Adecuar la intensidad de la luz a
las exigencias de cada tarea.
• Conocer la correcta utilización
de los medios de extinción de
incendios.
• Planificar el trabajo.
• Regular la temperatura a niveles
adecuados.
• Distribuir de forma clara las
tareas y competencias.
Con relación al
personal de do-
cente y de apoyo
, algunas medidas
para la prevención de riesgos labo-
rales serán las siguientes:
• Evitar movimientos forzados.
• Adoptar posiciones cómodas y
relajadas.
• Levantar correctamente cargas.
• No sobrecargar las líneas eléctri-
cas.
• Utilizar elementos seguros para
el trabajo.
Con respecto al
personal de co-
cina y limpieza,
las medidas pre-
ventivas consistirán en lo siguiente:
• Evitar contacto con superficies
calientes.
• Iluminar las zonas a las que se
accede.
• Evitar pisar por superficies
mojadas.
• Utilizar calzados adecuados.
• Eliminar las grasas del piso.
• Utilizar los equipos de protección
individual pertinentes.
Para el
personal de manteni-
miento
, las medidas preventivas
consistirán en:
• Aproximarse las cargas para
evitar esfuerzos innecesarios.
• Estar formado e informado
acerca de los riesgos genéricos
del centro de trabajo, así como
los inherentes a su puesto de
trabajo, para adoptar las medidas
preventivas pertinentes y los
métodos de trabajo oportunos.
• Se debe vigilar siempre y en todo
momento el orden y la limpieza
en la totalidad del centro de
trabajo.
• Disponer de la cantidad
mínima necesaria de productos
inflamables.
• Utilizar guantes de protección,
calzado de seguridad, gafas de
seguridad y casco en los casos
que exista riesgo de caída o
desprendimiento de objetos.
• Utilizar los medios auxiliares
pertinentes para la manipulación
de cargas pesadas o difícilmente
manipulables.
Toda organización en función de
cumplir con la legislación laboral,
deberá dar cumplimiento a las le-
yes que, en materia de prevención
de riesgos laborales, se estipule de-
ban llevarse a efecto. En este sen-
tido, los colegios como entes edu-
cativos, están obligados a ofrecer
a toda la comunidad información y
formación en lo que a este impor-
tante punto se refiere; por lo que
deberán llevar a tal efecto activida-
des preventivas diversas, donde se
involucre a todos los miembros de
la comunidad educativa (alumnos,
docentes, personas administrativo,
etc.).
A este respecto, existen algunas
actividades preventivas que será
necesario tomar en consideración,
como: el establecimiento de un plan
preventivo, la evaluación de riesgos
laborales para la seguridad y salud
del personal, la planificación de ac-
tividades preventivas ante los rie-
gos laborales, el establecimiento de
un plan de emergencia o medidas
de emergencia ante situaciones de
riesgo, creación de controles acer-
ca del estado de salud de los traba-
jadores, una gestión de siniestros
y la realización de una relación de
accidentes de trabajo, enfermeda-
des profesionales dentro de cada
colegio, etc.