Guía del Opositor

Proceso de Oposiciones en País Vasco

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Fase de Oposición en el País Vasco

¿EN QUÉ CONSISTE LA FASE DE OPOSICIÓN EN EL PAÍS VASCO?

Te resumimos a continuación las principales características de las pruebas de la fase oposición en base a las últimas convocatorias de Maestros y Profesores en esta Comunidad. Hemos englobado todas las características para facilitarte un esquema genérico, por lo que te aconsejamos que acudas a la última convocatoria de tu cuerpo docente y compruebes desde ahí las especificaciones concretas que se contemplan en relación al desarrollo de las pruebas para tu especialidad.

Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente. Esta prueba se valorará de 0 a 10 puntos, siendo el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes de la que consta. La parte A y la parte B de la prueba se calificarán de 0 a 10 puntos, ponderándose de la siguiente manera:

  • Parte A: la calificación ponderada se calculará multiplicando la calificación obtenida por 0,7.
  • Parte B: la calificación ponderada se calculará multiplicando la calificación obtenida por 0,3.
  • Para superar esta prueba, la puntuación obtenida en cada una de las partes deberá ser igual o superior al 25 por 100 de la puntuación asignada a las mismas y una puntuación total, resultado de sumar las puntuaciones ponderadas de las dos partes, igual o superior a 5 puntos.

Parte A

  • Prueba práctica que permita comprobar que las personas candidatas poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opten.
  • En el caso de especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas, estas habilidades se evaluarán en esta parte.
  • Para el Cuerpo de Maestros se dispondrá de 2 horas para realizar la prueba. En el caso del Cuerpo de Profesores, serán 3 horas.

Parte B

  • Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por cada persona aspirante de entre un número de temas, extraídos al azar por el Tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad, atendiendo a los siguientes criterios:
    • En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre 3 temas.
    • En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre 4 temas.
    • En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre 5 temas.
  • Se dispondrá de 2 horas para realizar la parte B.

Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica de la persona aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica. Esta prueba se valorará globalmente de 0 a 10 puntos, siendo el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes de las que consta (A y B), ponderadas de la siguiente manera:

  • Parte A: la calificación ponderada se calculará multiplicando la calificación obtenida por 0,4.
  • Parte B: la calificación ponderada se calculará multiplicando la calificación obtenida por 0,6

Parte A: Presentación y defensa de una programación didáctica

  • La programación didáctica hará referencia al currículo vigente en el País Vasco de un área, ámbito (para la especialidad de Educación Infantil) o materia relacionados con la especialidad por la que se participa o, en caso de utilizarse planteamientos metodológicos que así lo requieran (trabajos por proyectos, situaciones-problema, retos), de varias áreas, ámbitos o materias entre los que se incluya el relacionado con la especialidad por la que se participa.
  • Se referirá a un curso escolar.
  • En ella deberán especificarse objetivos, contenidos, criterios de evaluación e indicadores, metodología, recursos didácticos, procedimientos y herramientas para la evaluación continua, contribución a la adquisición de las competencias básicas, tanto transversales como disciplinares (o capacidades, en el caso del Cuerpo de Profesores y Profesoras de Música y Artes Escénicas), así como la respuesta a la diversidad incidiendo de manera especial para el caso del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
  • Deberá contener un mínimo de 9 unidades didácticas.
  • Su defensa abarcará un mínimo de 20 minutos y un máximo de 30.

Parte B: Preparación y exposición oral de una unidad didáctica

  • En la elaboración de la citada unidad didáctica, deberán concretarse, al menos, los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las competencias a desarrollar (o capacidades, en el caso del Cuerpo de Profesores y Profesoras de Música y Artes Escénicas), las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula, la metodología y organización del aula u otro espacio de aprendizaje, los criterios de evaluación e indicadores y los procedimientos y herramientas de evaluación y seguimiento del alumnado.
  • El aspirante podrá utilizar el material auxiliar que le sirva de apoyo para la citada exposición y que deberá aportar él mismo (ordenador portátil, teléfono móvil, etc.).
  • Se permitirá la conexión a internet, si bien, el propio aspirante deberá aportar los medios necesarios para su adecuado funcionamiento durante el desarrollo de esta parte de la prueba.
  • También podrá utilizar un guion que no excederá de un folio por ambas caras, y que entregará al Tribunal al finalizar su intervención.
  • Se expondrá durante un máximo de 30 minutos.

Información extraída de la Orden de 18 de febrero de 2020, de la Consejera de Educación, por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de ingreso al Cuerpo de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por el personal funcionario de los citados Cuerpos de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de la Orden de 1 de marzo de 2019, de la Consejera de Educación, por la que se convocan procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Maestras y Maestros y de Profesores y Profesoras de Música y Artes Escénicas, así como para el ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores y Profesoras de Escuelas Oficiales de Idiomas, de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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