Borrador de Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007.
Publicado Borrador Proyecto RD 276/2007. Cambios en las #Oposiciones2018 Share on XYa ha salido a la luz el Borrador de Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, que aprueba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
Como ya habíamos adelantado (Cambios en las Oposiciones de 2018), se habían aprobado varios cambios que supondrían ciertas modificaciones en las próximas convocatorias de oposiciones. Dichos cambios se plasmarían en una nueva redacción de Real Decreto que regulará el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes. Ahora, con el conocimiento del borrador de proyecto de dicho nuevo Real Decreto, podemos confirmar los que serán los cambios que afecten a las próximas oposiciones:
- De forma proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad, se podrá escoger:
- En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre tres temas.
- En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas.
- En aquellas especialidades que tengan número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cinco temas.
- Los baremos que fijen las convocatorias para la fase de concurso se estructurarán en los tres bloques que se indican a continuación, siendo las puntuaciones máximas que pueden obtenerse en cada uno de ellos las siguientes:
- Experiencia previa: Máximo siete puntos.
- Formación académica: Máximo cinco puntos.
- Otros méritos: Máximo dos puntos.
- Para la valoración de la experiencia docente previa se tendrá en cuenta un máximo de 10 años, conforme a los siguientes criterios:
- Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,700 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,350 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros: 0,150 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros: 0,100 puntos.
- En los procedimientos selectivos de ingreso que se realicen en ejecución de las ofertas
26 públicas de empleo que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de 27 junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, sean aprobadas por las distintas 28 Administraciones Educativas y publicadas en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 29 de 2017 a 2019, la puntuación global del concurso-oposición resultará de la ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso, siendo de un 60% para la fase de oposición y de un 40% para la fase de concurso.