Convocados procedimientos selectivos para el ingreso a los cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas y Profesores Técnicos de Formación Profesional en la Comunidad Valenciana.
Índice de contenidos
Plazas.
Cuerpo de Maestros:
ESPECIALIDAD | INGRESO LIBRE | DISCAPACIDAD | TOTAL |
Educación Infantil | 112 | 8 | 120 |
Inglés | 75 | 5 | 80 |
Educación Física | 23 | 2 | 25 |
Música | 23 | 2 | 25 |
Audición y Lenguaje | 23 | 2 | 25 |
Pedagogía Terapéutica | 56 | 4 | 60 |
Educación Primaria | 136 | 11 | 147 |
TOTAL | 448 | 34 | 482 |
Cuerpo de Profesores:
INGRESO LIBRE | DISCAPACIDAD | TOTAL | |
Enseñanza Secundaria | 372 | 28 | 400 |
Escuelas Oficiales de Idiomas | 46 | 4 | 50 |
Música y Artes Escénicas | 28 | 2 | 30 |
Formación Profesional | 60 | 5 | 65 |
Solicitudes.
Quienes deseen tomar parte en este procedimiento deberán cumplimentar una instancia (modelo 046-tasas por inscripción en pruebas selectivas), conforme a modelo oficial, que será facilitada a través de la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte (http://www.ceice.gva.es).
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria:
Desde el 7 hasta el 26 de mayo, ambos incluídos
Documentación a presentar.
Junto a la solicitud de participación:
- Fotocopia del documento nacional de identidad, documento equivalente del país de origen o pasaporte vigente y, en su caso, documento acreditativo de la identidad de las personas extranjeras residentes en territorio español.
- Declaración, en su caso, referida en la base 14 de la presente convocatoria para la no inclusión en las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad, de acuerdo con el modelo del anexo VII.
- Las personas aspirantes no nacionales de algún estado de la Unión Europea deberán adjuntar la documentación que justifique que reúnen el requisito para poder participar conforme a lo previsto en la base 2.1.1 a).
- Los documentos que acrediten la condición de miembro de familia numerosa o familia monoparental de categoría general o especial, en el caso de haberlo alegado.
- En el caso de haber alegado ser víctima de actos de violencia sobre la mujer, deberá acreditarse esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de diciembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunitat Valenciana.
- La certificación expedida por el órgano competente que acredite la condición de aspirante con diversidad funcional igual o superior al 33 %, en el caso de haberse alegado.
Comienzo y desarrollo de las pruebas.
La realización de la primera prueba de la fase de oposición para aspirantes en los procedimientos de ingreso libre y de reserva de personas con discapacidad funcional tendrá lugar a partir del día 28 de junio de 2016. La fecha, la hora y el lugar donde haya de realizarse, se determinará en la resolución por la que se declare aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
Las pruebas de la fase de oposición se podrán realizar los días siguientes: 28, 29 y 30 de junio y 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de julio.
El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por la primera de aquellas cuyo primer apellido comience por la letra «M».
Fase de Oposición.
En esta fase se valorarán los conocimientos específicos, científicos y técnicos necesarios para impartir la docencia de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
La fase de oposición constará de dos pruebas que tendrán carácter eliminatorio.
Primera prueba: tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente.
- Parte A: desarrollo, por escrito, de un tema escogido por la persona aspirante de los sacados al azar por el tribunal de forma proporcional al número de temas del temario de cada especialidad.
- Parte B: realización de una prueba práctica que permitirá comprobar que se posee una formación científica y un dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opte.
Segunda prueba: tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica de la persona aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente y consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica.
La persona aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica.
Se dispondrá de un máximo de una hora para la defensa oral de la programación y la exposición de la unidad didáctica, iniciando su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de treinta minutos, y a continuación se realizará la exposición de la unidad didáctica.
La programación didáctica se defenderá ante el tribunal conjuntamente con la exposición de la unidad didáctica.
Fase de Concurso.
La calificación de la fase de concurso se aplicará únicamente a quienes hayan superado la fase de oposición.
Todos los méritos alegados deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, entendiéndose que únicamente serán baremados aquellos méritos perfeccionados hasta dicha fecha.
1. Experiencia docente previa (máximo 5 puntos).
- Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que se opta, en centros públicos: 1 punto.
- Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que se opta, en centros públicos: 0’5 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel o etapa educativa que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0’5 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel o etapa educativa que el impartido en el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0’25 puntos.
2. Formación Académica (máximo 5 puntos).
- Nota media del expediente académico del título alegado:
- Desde 5,01 a 5,99: 0’1 punto.
- Desde 6,00 a 7,50: 0’5 puntos.
- Desde 7,51 a 10: 1’5 puntos.
- Postgrados, doctorados y premios extraordinarios:
- Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios Avanzados y la Suficiencia Investigadora o el Título de Máster: 1 punto.
- Título de Doctor: 1 punto.
- Premio Extraordinario en doctorado: 0’5 puntos.
- Otras titulaciones universitarias de primer ciclo: 1 punto.
- Otras titulaciones universitarias de segundo ciclo: 1 punto.
- Titulaciones de Enseñanzas de Régimen Especial y de la Formación Profesional Específica:
- Título Profesional de Música o Danza: 0’5 puntos.
- Certificado de nivel avanzado de Escuelas Oficiales de Idiomas: 0’5 puntos.
- En el caso de certificados de Valenciano, solo se baremará por el nivel C2, dado que la competencia lingüística mínima requerida es el nivel C1
- Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño: 0’2 puntos.
- Título de Técnico Superior de Formación Profesional: 0’2 puntos.
- Título de Técnico Deportivo Superior: 0’2 puntos.
3. Otros Méritos (máximo 2 puntos).
- Conocimiento de idiomas:
- Por la acreditación del dominio de una lengua extranjera correspondiente al nivel B2, del Marco Común Europeo de Referencia: 1 punto.
- Por la acreditación del dominio de una lengua extranjera correspondiente al nivel C1, del Marco Común Europeo de Referencia: 1’25 puntos.
- Por la acreditación del dominio de una lengua extranjera correspondiente al nivel C2, del Marco Común Europeo de Referencia: 1’5 puntos.
- Por el certificado de capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera: 1’75 puntos.
- Por la acreditación del dominio del valenciano correspondiente al nivel C2, siempre que no haya sido alegado como requisito: 2 puntos.
- Por el diploma de Maestro de Valenciano, siempre que no haya sido alegado como requisito: 2 puntos.
- Formación permanente, participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios (Hasta un máximo de 1 punto).
- Cursos de formación permanente y perfeccionamiento, participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios (Hasta un máximo 0’75 puntos).
- Duración no inferior a treinta horas: 0’10 puntos.
- Duración no inferior a cien horas: 0’20 puntos.
- Participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios.
- Por cada curso escolar en que se acredite la participación en grupos de trabajo, proyectos de investigación e innovación educativa, planes de mejora o proyectos de formación en centros: 0’20 puntos.
- Por cada curso escolar en que se acredite la coordinación en grupos de trabajo, proyectos de investigación e innovación educativa, planes de mejora o proyectos de formación en centros: 0’20 puntos.
- Por cada curso escolar en el que se acredite la participación en seminarios y actividades análogas con una duración global no inferior a 30 horas: 0’20 puntos.
- Cursos de formación permanente y perfeccionamiento, participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios relacionados con las nuevas tecnologías aplicadas a la educación (Hasta un máximo 0’25 puntos).
- Cursos de formación.
- Duración no inferior a treinta horas: 0’05 puntos.
- Duración no inferior a cien horas: 0’10 puntos.
- Cursos de formación.
- Participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios.
- Por cada curso escolar en que se acredite la participación en grupos de trabajo, proyectos de investigación e innovación educativa, planes de mejora o proyectos de formación en centros: 0’20 puntos.
- Por cada curso escolar en que se acredite la coordinación en grupos de trabajo, proyectos de investigación e innovación educativa, planes de mejora o proyectos de formación en centros: 0’20 puntos.
- Por cada curso escolar en el que acredite la participación en seminarios y actividades análogas con una duración global no inferior a 30 horas: 0’20 puntos.
- Cursos de formación permanente y perfeccionamiento, participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios (Hasta un máximo 0’75 puntos).
- Cursos impartidos. Por participar en calidad de ponente/profesor o tutorizar cursos de formación permanente: 0’25 puntos por cada 10 horas de curso impartido.
- Exclusivamente para la especialidad de Educación Física:
- Por figurar o haber figurado en la relación de Deportistas de Alto Nivel o en la de Deportistas de Élite de la Comunitat Valenciana de nivel A: 1 punto.
- Por figurar o haber figurado en la relación de deportistas de élite de la Comunitat Valenciana de nivel B: 0’5 puntos.
No podrán considerarse a efectos de su valoración los méritos indicados en el apartado 3.2 que hayan sido realizados con anterioridad a la obtención del título alegado para su ingreso en el cuerpo.
Fase de Prácticas.
Tendrá por objeto comprobar la aptitud para la docencia de las personas aspirantes seleccionadas.
La duración de la fase de prácticas será de un curso escolar, siendo necesario un mínimo de seis meses de servicios efectivos para ser evaluado, y su desarrollo será regulado mediante resolución de la Dirección General de Centros y Personal Docente.
En la evaluación de la fase de prácticas se garantizará que quienes superen esta fase poseen las capacidades didácticas necesarias para la docencia.
Ficheros.