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¿Cómo son las Oposiciones de Maestros y Profesores en la Comunidad de Madrid?

Las Oposiciones de Maestros y Profesores en la Comunidad Autónoma de Madrid.

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Los procesos selectivos a la Función Pública Docente de las distintas Comunidades Autónomas se rigen por las líneas generales recogidas en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

En este post hemos seleccionado las principales características de las pruebas de la fase de oposición, así como las características de la fase de concurso, en base a la última convocatoria de Oposiciones en la Comunidad de Madrid, que puedes encontrar aquí.

Si quieres presentarte a las oposiciones docentes en Comunidad de Madrid, de maestros o profesores, es MUY IMPORTANTE que acudas personalmente a la última convocatoria de oposiciones de tu cuerpo y especialidad para verificar todos los requerimientos.

Consulta las noticias sobre Oposiciones en Comunidad de Madrid aquí.

La Fase de Oposición en Madrid

Primera prueba: Prueba de conocimientos

Consta de dos partes que se valorarán conjuntamente (A y B). La puntuación mínima obtenida en cada una de las partes deberá ser igual o superior a 2,5 puntos.

La calificación total de esta primera prueba será de 0 a 10 puntos, siendo esta el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes de las que consta (A y B), ponderadas del siguiente modo:

  • La calificación ponderada de la parte A) se calculará multiplicando por 0,7 la calificación obtenida.
  • La calificación ponderada de la parte B) se calculará multiplicando por 0,3 la calificación obtenida.

Para la superación de la primera prueba en su conjunto los aspirantes deberán alcanzar una puntuación total, igual o superior a 5 puntos, siendo esta el resultado de sumar las puntuaciones ponderadas correspondientes a las dos partes.

Parte A: Prueba práctica

  • Prueba práctica que tendrá por objeto comprobar que los aspirantes poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opten.
  • En la convocatoria se detallan las especificaciones concretas de esta prueba para cada una de las especialidades del Cuerpo de Maestros.
  • El tiempo para desarrollarla suele ser como máximo de una hora y media.
  • El tiempo para su realización será establecido, en función de las características de cada especialidad, por la Comisión de Selección correspondiente o el Tribunal único.
  • Para la superación de esta prueba los aspirantes deberán alcanzar una puntuación de al menos 2,5 puntos.

Parte B: Desarrollo por escrito de un tema

  • Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema escogido por el aspirante de entre un número de temas extraídos al azar por el Tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad, teniendo en cuenta los criterios siguientes:
    • En las especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, se tiene que escoger de entre 2 temas.
    • En las especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51 temas, se tiene que escoger de entre 3 temas.
    • En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, se tiene que escoger de entre 4 temas.
  • Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización de esta parte.

Segunda Prueba: Aptitud Pedagógica

Esta prueba tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. La prueba se compone de dos partes (A y B), que se valorarán conjuntamente:

  • Parte A: Presentación de una programación didáctica: La calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando la calificación obtenida en la Parte A por 0,3.
  • Parte B: Preparación y exposición de una Unidad didáctica/Situación de Aprendizaje ante el tribunal: La calificación ponderada de esta parte se calculará multiplicando la calificación obtenida en la Parte B por 0,7.

-> Parte A: Presentación y defensa de una programación didáctica

  • La programación, tendrá una extensión máxima de 80 páginas, incluidos los materiales de apoyo y anexos.
  • La elaboración tendrá un carácter personal debiendo ser realizada individualizada por el aspirante, sin poder utilizar para ello ninguna forma de inteligencia artificial.
  • La programación hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa y se delimitará a un curso escolar de carácter presencial de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de la especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo.
  • La normativa y currículos de aplicación para la elaboración y presentación de la programación didáctica serán los vigentes en la Comunidad de Madrid en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes
  • Los contenidos de la programación didáctica deberán organizarse en Unidades didácticas/de trabajo/Situaciones de aprendizaje, según proceda, de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición. En cualquier caso, una programación para un curso escolar deberá contener un mínimo de 12 Unidades didácticas/ trabajo/Situaciones de aprendizaje, cada una de las cuales deberá ir debidamente numerada en el índice.
  • Se podrán incluir medidas metodológicas, recursos didácticos o actividades virtuales, así como tecnologías de la información y comunicación adaptados a la impartición de la enseñanza, siendo en tal caso estimados por el tribunal en los criterios de valoración referidos a la metodología y empleo de las tecnologías de la información y comunicación.
  • La programación didáctica será defendida oralmente ante el tribunal conjuntamente con la parte B de la prueba (unidad didáctica).

-> Parte B: Preparación y exposición oral de una unidad didáctica/de trabajo/Situación de Aprendizaje

  • El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la Unidad didáctica/de Trabajo/Situación de Aprendizaje, pudiendo utilizar el material auxiliar que considere oportuno, sin posibilidad de comunicación del aspirante con el exterior, por lo que el material que vaya a utilizar no podrá ser susceptible de dicha comunicación.
  • La preparación y exposición oral ante el tribunal de una Unidad didáctica/de trabajo/Situación de Aprendizaje, podrá estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la Unidad didáctica/de trabajo/Situación de Aprendizaje de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la Unidad didáctica/de trabajo/ Situación de Aprendizaje de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.
  • La Unidad didáctica/ de trabajo/ Situación de aprendizaje deberá estar contextualizada y partir de la premisa de un contexto competencial, debiendo, en su elaboración, concretar, al menos, los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos/saberes básicos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.
  • Se deberán concretar las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula, la selección y uso de los recursos didácticos y los procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación que se proponen, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación. Asimismo, incluirá también un apartado de evaluación de la propia práctica docente y, en su caso, la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, conforme a los principios del Diseño Universal del Aprendizaje.
  • Para la exposición se podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno, sin contenido curricular, es decir, que no contenga, registre o haga referencia a las competencias, resultados de aprendizaje, objetivos, contenidos/saberes básicos, metodología, criterios de evaluación y/o estándares de aprendizaje, o en su caso, competencias específicas. Este material tendrá que ser aportado por el aspirante. Igualmente, para su exposición y defensa, podrá utilizar los medios informáticos y audiovisuales que considere oportunos tales como ordenador, tablet, proyector… incluida la conexión a internet.
  • Asimismo, únicamente para la exposición de la unidad didáctica, podrá utilizar un guion o equivalente, que no excederá de una página por una cara, que será mostrado inicialmente al tribunal para verificar que cumple los requisitos expuestos en este apartado y entregado al tribunal al término de la exposición, formando parte de los instrumentos de evaluación.
  • El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de 1 hora para la defensa oral de la programación didáctica, la exposición de la Unidad didáctica/de Trabajo/Situación de Aprendizaje y el posterior debate ante el tribunal.

La Fase de Concurso en Madrid

Sólo se puntuarán aquellos méritos que sean debidamente perfeccionados antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria y acreditados mediante la documentación que se determina en los anexos de la misma.

Baremo de méritos

La fase de concurso es el proceso de valoración de los méritos del aspirante, según el baremo de puntos publicado en la convocatoria de oposiciones de la correspondiente Comunidad Autónoma en la que se presente a las pruebas.

En esta fase los baremos de las convocatorias de todas las Comunidades Autónomas se estructuran en tres bloques, cada uno de ellos con una puntuación máxima a alcanzar.

  • Experiencia previa: Máximo 5 puntos
  • Formación académica: Máximo 5 puntos
  • Otros méritos: Máximo 2 puntos

Entre los tres bloques no pueden superarse los 10 puntos.

Experiencia Docente

Con la experiencia docente previa en la Comunidad de Madrid puede obtenerse hasta un máximo de 5 puntos:

  • Por cada año de experiencia docente en especialidades del Cuerpo al que se opta, en centros públicos: 1,0000 puntos.
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades distintos cuerpos al que se opta, en centros públicos: 0,5000 puntos.
  • Por cada año de experiencia en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0,5000 puntos.
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel que el impartido en el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0,2500 puntos.

Formación Académica

Dependiendo de la nota obtenida en el expediente académico del título alegado, en Comunidad de Madrid puede obtenerse una determinada puntuación:

  • Desde 6,00 a 7,50 (o desde 1,25 a 2) – 1,000 puntos
  • Desde 7,51 a 10 (o desde 2,01 a 4) – 1,500 puntos

También, con distintos títulos puede obtenerse puntuación adicional:

  • Título de Postgrado: 1 punto
  • Doctorado: 1 punto
  • Premio extraordinario en el Doctorado: 0,500 puntos
  • Otras titulaciones universitarias de carácter oficial (por cada titulación de primer o segundo ciclo): 1 punto.
  • Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica:
    • Título profesional de Música o Danza: 0,5000 puntos
    • Certificado de nivel avanzado (B2) o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas: 0,5000 puntos
    • Título Técnico Superior de Artes plásticas y Diseño: 0,2000 puntos
    • Título técnico Superior de Formación Profesional: 0,2000 puntos
    • Técnico Deportivo Superior: 0,2000 puntos
  • Dominio de idiomas extranjeros
    • Certificado que acredite competencia lingüística en un idioma extranjero de nivel C1 o C2, según MCERL: 0,5000 puntos

Otros Méritos

Con diversas actividades de formación permanente pueden sumarse también puntos para las oposiciones en Madrid.

-> Formación permanente

Por cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo y proyectos de formación en centros superados, convocados por Administraciones Educativas o Universidades o Instituciones que tengan firmados convenios de colaboración con Administraciones Educativas o Universidades.

  • Por cada crédito (10 horas) de cursos de formación permanente superada: 0,050 puntos
  • Por cada crédito (10 horas) de cursos de formación permanente participando como director, coordinador, ponente o profesor: 0,070 puntos

-> Idiomas extranjeros

  • Certificados extranjeros de nivel equivalente al nivel B2 según MCERL: 0,250 puntos

-> Premio extraordinario fin de carrera

  • 1 punto

¿Cuántos Cursos Homologados para Oposiciones necesito en Madrid?

En el baremo para el sistema de ingreso a la función pública se reserva hasta un máximo de 2 puntos que poder obtener mediante distintas actividades de formación permanente, que debe ser válida para computar en las oposiciones y estar homologada debidamente para que se pueda tener en cuenta como méritos en las mismas.

Es en el apartado del baremo “Otros méritos” de la fase de concurso donde puedes sumar puntos extra a la nota que obtengas en la fase de oposición, gracias a la realización de Cursos Homologados para Oposiciones.

La Comunidad Autónoma de Madrid establece en sus convocatorias sus propias particularidades en relación a los cursos homologados para que sean tenidos en cuenta en sus procesos de oposiciones.

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