Las Oposiciones de Maestros y Profesores en Ceuta y Melilla.

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Los procesos selectivos a la Función Pública Docente de las distintas Comunidades Autónomas se rigen por las líneas generales recogidas en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Sin embargo, cada Comunidad Autónoma, en su convocatoria de Oposiciones, establece algunos requisitos propios, por lo que es necesario conocer cuáles son las principales  características de las últimas convocatorias de Maestros y Profesores de la Comunidad Autónoma en la que te presentes.

En este post hemos seleccionado las principales características de las pruebas de la fase de oposición, así como las características de la fase de concurso, en base a la última convocatoria de Oposiciones en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que puedes encontrar aquí.

Si quieres presentarte a las oposiciones docentes en Ceuta o Melilla, de maestros o profesores, es MUY IMPORTANTE que acudas personalmente a la última convocatoria de oposiciones de tu cuerpo y especialidad para verificar todos los requerimientos.

Consulta las noticias sobre Oposiciones en Ceuta y Melilla aquí.

La Fase de Oposición en Ceuta y Melilla

Primera prueba: Prueba de conocimientos

La primera prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta.

Esta prueba constará de dos partes que se valorarán conjuntamente. La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo esta el resultado de sumar las calificaciones ponderadas correspondientes a las dos partes de la que consta, conforme se indica:

  • La calificación ponderada de la parte A) se calculará multiplicando la calificación obtenida en la misma por 0,6.
  • La calificación ponderada de la parte B) se calculará multiplicando la calificación obtenida en la misma por 0,4.

Para la superación de esta primera prueba los aspirantes deberán alcanzar una puntuación total igual o superior a 5 puntos, siendo esta el resultado de sumar las puntuaciones ponderadas obtenidas en las dos partes.

Tanto la parte A como la parte B se realizarán sin interrupción en la misma sesión. La duración máxima de esta primera prueba será de cinco horas.

-> Parte A: Supuesto práctico

  • Consistirá en la realización de un ejercicio práctico que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opta.
  • Las características de esta prueba, en función de la especialidad docente, quedan determinadas en el anexo de la convocatoria.
  • Esta parte de la prueba se valorará de 0 a 10 puntos.
  • Para su superación los aspirantes deberán alcanzar, al menos, una puntuación de 2,5 puntos.

-> Parte B: Tema escrito

  • Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre un numero de temas, extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad, atendiendo al siguiente criterio:
    • En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre 3 temas.
    • En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre 4 temas.
  • Esta parte de la prueba se valorará de 0 a 10 puntos. Para su superación los aspirantes deberán alcanzar, al menos, una puntuación de 2,5 puntos.

Segunda Prueba: Aptitud pedagógica

Esta prueba tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, y consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica.

Esta segunda prueba se valorará globalmente de 0 a 10 puntos, debiendo alcanzarse para su superación una puntuación igual o superior a 5 puntos.

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-> Parte A: Presentación y defensa de una programación didáctica

  • La programación didáctica deberá hacer referencia al currículo vigente en el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la que deberá especificarse en cada supuesto los elementos establecidos en la normativa recogida en el anexo de la convocatoria, entre los que podrán encontrar, de acuerdo con lo que en cada caso se establezca, los objetivos, las competencias específicas, la contextualización de los criterios de evaluación de las competencias específicas y de los saberes básicos, la secuenciación de estos en unidades de programación que serán desarrolladas a través de situaciones de aprendizaje, los principios metodológicos y didácticos, los procedimientos e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado, los criterios de calificación, las medidas de apoyo o refuerzo, lo recursos y materiales didácticos, las actividades extraescolares y complementarias, los procedimientos de evaluación de la programación didáctica, del proceso de enseñanza y de la práctica docente, así como las medidas de atención individualizada y de atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que se van a plantear en el aula, la selección y uso de los recursos didácticos y los procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación que se proponen.
  • Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo.
  • La programación que tendrá carácter personal y deberá ser elaborada de forma individual por cada aspirante, tendrá una extensión máxima, sin incluir portada, índice ni anexos, de 60 folios, y deberá contener un mínimo de 12 unidades didácticas que deberán ir numeradas en un índice.
  • La programación deberá presentarse con una portada donde se consignarán los datos personales de la persona aspirante y un índice donde se relacionen la secuencia numerada de las unidades de programación de que consta, señalando las páginas en las que dichas unidades se encuentran.
  • Para la defensa de la programación, el aspirante podrá utilizar un ejemplar de la programación entregada al tribunal.
  • Se contarán con 30 minutos para defender la programación.

-> Parte B: Preparación y exposición oral de una unidad didáctica

  • La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica podrá estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.
  • El aspirante, una vez elegido el contenido de la unidad didáctica dispondrá de un tiempo máximo de una hora para su preparación, pudiendo utilizar el material auxiliar que considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior.
  • En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse las competencias específicas, los criterios de evaluación asociados a cada competencia, los saberes básicos, las actividades y situaciones de aprendizaje y su secuenciación, los recursos, las medidas de refuerzo y apoyo, los instrumentos de evaluación y los criterios de calificación.
  • En la exposición de la unidad didáctica se podrá utilizar el material auxiliar sin contenido curricular que considere oportuno, que deberá aportar él mismo, así como un guion que no excederá de una cara de un folio y que deberá entregar al tribunal al término de la exposición. El referido material auxiliar servirá para apoyar la exposición
    mediante la utilización de recursos didácticos no electrónicos ni susceptibles de reproducción electrónica.
  • Se contarán con 30 minutos para exponer la unidad.
  • El tribunal podrá debatir con el aspirante por un periodo que no excederá de 10 minutos.

La Fase de Concurso en Ceuta y Melilla

Sólo se puntuarán aquellos méritos que sean debidamente perfeccionados antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria y acreditados mediante la documentación que se determina en los anexos de la misma.

Baremo de méritos

La fase de concurso es el proceso de valoración de los méritos del aspirante, según el baremo de puntos publicado en la convocatoria de oposiciones de la correspondiente Comunidad Autónoma en la que se presente a las pruebas.

En esta fase los baremos de las convocatorias de todas las Comunidades Autónomas se estructuran en tres bloques, cada uno de ellos con una puntuación máxima a alcanzar.

  • Experiencia previa: Máximo 5 puntos
  • Formación académica: Máximo 5 puntos
  • Otros méritos: Máximo 2 puntos

Entre los tres bloques no pueden superarse los 10 puntos.

calculadora de baremo

Experiencia Docente

Con la experiencia docente previa en Ceuta y Melilla puede obtenerse hasta un máximo de 5 puntos:

  • Por cada año de experiencia docente en especialidades del Cuerpo al que se opta, en centros públicos: 1,000 puntos.
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades distintos cuerpos al que se opta, en centros públicos: 0,5000 puntos.
  • Por cada año de experiencia en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0,5000 puntos.
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel que el impartido en el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0,2500 puntos.

Formación Académica

Dependiendo de la nota obtenida en el expediente académico del título alegado, en Comunidad Valenciana puede obtenerse una determinada puntuación:

  • Desde 6,0 hasta 7,49 (o desde 1,60 hasta 2,50): 0,500 puntos
  • Desde 7,50 hasta 8,99 (o desde 2,51 hasta 3,39): 1 punto
  • Desde 9,00 hasta 10,00 (o desde 3,40 hasta 4,00): 1,500 puntos

También, con distintos títulos puede obtenerse puntuación adicional:

  • Título de Postgrado: 1 punto
  • Doctorado: 1 punto
  • Premio extraordinario en el Doctorado: 0,500 puntos
  • Otras titulaciones universitarias de carácter oficial (por cada titulación de primer o segundo ciclo): 1 punto.
  • Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica:
    • Título profesional de Música o Danza: 0,5000 puntos
    • Certificado de nivel avanzado (C1 y C2) o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas: 0,5000 puntos
    • Título Técnico Superior de Artes plásticas y Diseño: 0,2000 puntos
    • Título técnico Superior de Formación Profesional: 0,2000 puntos
    • Técnico Deportivo Superior: 0,2000 puntos
  • Dominio de idiomas extranjeros
    • Certificado que acredite competencia lingüística en un idioma extranjero de nivel C1 o C2, según MCERL: 0,5000 puntos

Otros Méritos

Con diversas actividades de formación permanente pueden sumarse también puntos para las oposiciones en Ceuta y Melilla.

-> Cursos de formación permanente

Por cursos de formación superados relacionados con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, psicopedagogía o sociología de la educación, convocados, organizados e impartidos por las Administraciones educativas, Universidades públicas o privadas, Centros de Profesorado e Institutos de Ciencias de la Educación, así como por entidades sin ánimo de lucro que hayan sido homologados o reconocidos por las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas.

  • Por cada curso superado (hasta 1 punto): Por cada 10 horas (1 créditos): 0,100 puntos
  • Por cada curso impartido (hasta 1 punto): Por cada 10 horas (1 créditos): 0,500 puntos

-> Participación en Planes y Proyectos Educativos

Por participación o coordinación en grupos de trabajo, proyectos de investigación e innovación educativa, seminarios, planes de mejora, proyectos especiales de centros y actividades análogas, convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o los órganos correspondientes de las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas.

  • Por cada participación por curso académico: 0,200 puntos
  • Por cada coordinación por curso académico: 0,500 puntos

-> Enseñanzas de Religión

  • Por cada año de experiencia docente impartiendo la enseñanza de la religión en el mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos y en régimen de contrato laboral (máximo de 5 años): 0,075 puntos.

-> Acreditación del conocimiento de idiomas

  • Por certificaciones oficiales de idiomas de Nivel Intermedio B2, o equivalentes emitidos por Escuelas Oficiales de Idiomas, y certificados de conocimiento de una lengua extranjera admitidos por ACLES, que acrediten la competencia lingüística en un idioma extranjero de nivel avanzado B2, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: 0,250 puntos.

-> Publicaciones

Por publicaciones de carácter didáctico o científico relacionadas con la especialidad a la que se opta.

  • Por autoría: Hasta 0,300 puntos
  • Por coautoría: Hasta 0,100 puntos
  • Por artículo o revista: Hasta 0,0200 puntos

¿Cuántos Cursos Homologados para Oposiciones necesito en Ceuta y Melilla?

En el baremo para el sistema de ingreso a la función pública se reserva hasta un máximo de 2 puntos que poder obtener mediante distintas actividades de formación permanente, que debe ser válida para computar en las oposiciones y estar homologada debidamente para que se pueda tener en cuenta como méritos en las mismas.

Es en el apartado del baremo “Otros méritos” de la fase de concurso donde puedes sumar puntos extra a la nota que obtengas en la fase de oposición, gracias a la realización de Cursos Homologados para Oposiciones.

Ceuta y Melilla establecen en sus convocatorias sus propias particularidades en relación a los cursos homologados para que sean tenidos en cuenta en sus procesos de oposiciones.

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