Las Oposiciones de Maestros y Profesores en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
¿Cómo son las #OposicionesDocentes en #CastillaYLeón? Share on XLos procesos selectivos a la Función Pública Docente de las distintas Comunidades Autónomas se rigen por las líneas generales recogidas en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Sin embargo, cada Comunidad Autónoma, en su convocatoria de Oposiciones, establece algunos requisitos propios, por lo que es necesario conocer cuáles son las principales características de las últimas convocatorias de Maestros y Profesores de la Comunidad Autónoma en la que te presentes.
En este post hemos seleccionado las principales características de las pruebas de la fase de oposición, así como las características de la fase de concurso, en base a la última convocatoria de Oposiciones en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que puedes encontrar aquí.
Si quieres presentarte a las oposiciones docentes en Castilla y León, de maestros o profesores, es MUY IMPORTANTE que acudas personalmente a la última convocatoria de oposiciones de tu cuerpo y especialidad para verificar todos los requerimientos.
Consulta las noticias sobre Oposiciones en Castilla y León aquí.
Índice de contenidos
La Fase de Oposición en Castilla y León
Primera prueba: Prueba de conocimientos específicos de la especialidad
Esta primera prueba tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos de la especialidad a la que opta, necesarios para impartir la docencia y constará de dos partes, desarrollo por escrito de un tema y prueba práctica que se valoraran conjuntamente.
Cada parte de la prueba se valorará con una calificación de 0 a 10 puntos, con aproximación hasta diez milésimas y se calculará realizando la media aritmética entre las puntuaciones de las dos partes de la misma, siempre que cada una de las puntuaciones parciales sea igual o superior a 2,5 puntos. Para la superación de esta prueba, el opositor deberá alcanzar una puntuación total resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las dos partes, igual o superior a 5 puntos.
-> Parte A: Tema escrito
- Desarrollo por escrito de un tema elegido por el opositor de entre tres extraídos al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad a la que opta:
- En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre 2 temas.
- En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre 3 temas.
- En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre 4 temas.
- Los opositores dispondrán de dos horas para la realización de esta primera parte.
-> Parte B: Prueba práctica
- Prueba práctica consistente en la realización de una serie de ejercicios que permitan comprobar que los opositores poseen formación científica y dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas propias de la especialidad a la que opten.
- El tiempo asignado para la realización de esta prueba variará según la especialidad, pero suele ser de una hora y media como máximo.
- Las características básicas de las pruebas de contenido práctico vienen especificadas en los anexos de la convocatoria correspondiente, según especialidad.
- Las comisiones de selección podrán determinar que sólo sea objeto de lectura la segunda parte de esta primera prueba, atendiendo a las peculiaridades de cada una de las especialidades objeto de oposición, así como al contenido y estructura de la parte práctica.
Segunda Prueba: Aptitud pedagógica
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del opositor y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente o de la función de apoyo educativo, constará de dos partes: presentación y defensa de una programación didáctica y preparación y exposición oral de una unidad didáctica.
La calificación de esta segunda prueba se valorará globalmente de 0 a 10 puntos, con aproximación hasta diez milésimas, debiendo alcanzar el aspirante una puntuación global igual o superior a 5 puntos.
-> Parte A: Presentación y defensa de una programación didáctica
- Presentación y defensa de una programación didáctica que hará referencia al currículo vigente en la Comunidad de Castilla y León en el momento de publicación de la convocatoria de un área relacionada con la especialidad por la que se participa.
- La programación se presentará ante el tribunal en el momento del llamamiento para la realización de la primera prueba.
- Esta programación se corresponderá con un curso escolar de una de las etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirla.
- En ella deberán especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
- Constará de un mínimo de 10 unidades didácticas y un máximo de 20, debidamente numeradas, para maestros, y en el caso de profesores, un mínimo de 15 y un máximo de 30 unidades.
- Dispondrá de 30 minutos para presentar y defender la programación.
-> Parte B: Preparación y exposición oral de una unidad didáctica
- Preparación y exposición oral de una unidad didáctica ante el tribunal, de las que integran la programación didáctica presentada por el opositor o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad, a elección de éste.
- En el primer caso el aspirante elegirá el contenido de unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su programación. En el segundo caso, el opositor elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.
- En la elaboración de la unidad didáctica deberá concretarse el grupo de alumnos donde se desarrollará la actuación determinando los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.
- El opositor dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica, no estando permitida ningún tipo de conexión con el exterior.
- Para exponer la unidad contará con un máximo de 30 minutos.
- Para apoyar la exposición de la unidad didáctica, en la parte correspondiente a las actividades de enseñanza aprendizaje que se proponen para su uso en el aula, la persona participante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno aportado por ella misma, (ordenador portátil, teléfono móvil, etc.) permitiéndose la conexión a internet. Esta última será proporcionada por la propia persona participante, que será responsable de su adecuado funcionamiento durante el desarrollo de esta parte de la prueba.
La Fase de Concurso en Castilla y León
Sólo se puntuarán aquellos méritos que sean debidamente perfeccionados antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria y acreditados mediante la documentación que se determina en los anexos de la misma.
Baremo de méritos
La fase de concurso es el proceso de valoración de los méritos del aspirante, según el baremo de puntos publicado en la convocatoria de oposiciones de la correspondiente Comunidad Autónoma en la que se presente a las pruebas.
En esta fase los baremos de las convocatorias de todas las Comunidades Autónomas se estructuran en tres bloques, cada uno de ellos con una puntuación máxima a alcanzar.
- Experiencia previa: Máximo 5 puntos
- Formación académica: Máximo 5 puntos
- Otros méritos: Máximo 2 puntos
Entre los tres bloques no pueden superarse los 10 puntos.
Experiencia Docente
Con la experiencia docente previa en Castilla y León puede obtenerse hasta un máximo de 5 puntos:
- Por cada año de experiencia docente en especialidades del Cuerpo al que se opta, en centros públicos: 1,0000 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en especialidades distintos cuerpos al que se opta, en centros públicos: 0,5000 puntos.
- Por cada año de experiencia en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0,5000 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel que el impartido en el cuerpo al que se opta, en otros centros: 0,2500 puntos.
Formación Académica
Este apartado se valora en un máximo de 5 puntos.
Dependiendo de la nota obtenida en el expediente académico del título alegado, en Castilla y León puede obtenerse una determinada puntuación:
- Desde 6,01 a 7,50 (o desde 1,51 a 2,25): 1,0000 punto
- Desde 7,51 a 10 (o desde 2,26 a 4,99): 1,5000 puntos
También, con distintos títulos puede obtenerse puntuación adicional:
- Título de Postgrado: 1 punto
- Doctorado: 1 punto
- Premio extraordinario en el Doctorado: 0,500 puntos
- Otras titulaciones universitarias de carácter oficial (por cada titulación de primer o segundo ciclo): 1 punto.
- Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica:
- Título profesional de Música o Danza: 0,5000 puntos
- Certificado de nivel avanzado (B2) o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas: 0,5000 puntos
- Título Técnico Superior de Artes plásticas y Diseño: 0,2000 puntos
- Título técnico Superior de Formación Profesional: 0,2000 puntos
- Título de Técnico Deportivo Superior: 0,2000 puntos
- Dominio de idiomas extranjeros
- Certificado que acredite competencia lingüística en un idioma extranjero de nivel C1 o C2, según MCERL: 0,5000 puntos
Otros méritos
Con diversas actividades de formación permanente pueden sumarse también puntos para las oposiciones en Castilla y León.
Se puede obtener en este apartado un máximo de 2 puntos.
-> Formación permanente
No se valorarán los cursos en los que no conste de manera expresa el número de horas o de créditos de duración de los mismos. De no constar otra cosa cuando los cursos vinieran expresados en créditos se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas. En el caso de que existiera discordancia entre los créditos realizados y las horas certificadas, siempre serán consideradas las horas y se seguirá la proporción establecida de 1 crédito igual a 10 horas. Únicamente se sumarán las horas de todos los cursos que consten de 10 o más horas, no puntuándose ni pudiendo ser acumulativos el resto del número de horas inferiores a 10.
- Por cursos, seminarios, grupos de trabajo y proyectos de formación en centros. Por cada crédito (10 horas): 0,035 puntos
- Por participación en cursos o actividades de formación en calidad de director, coordinador, ponente o profesor. Por cada crédito (10 horas): 0,070 puntos
* A partir de enero de 2015 se valorarán los cursos a razón de 20 horas semanales (Orden EDU/1057/2014 de 4 de diciembre – formación CyL). Todo lo anterior será a razón de 10 horas semanales (Orden EDU/2886/2011 – formación Ministerio). El número de horas de formación a asignar a estas actividades será de 100.
-> Publicaciones
- Publicaciones de carácter didáctico o científico directamente relacionadas con la profesión docente, con ISBN, ISSN, ISMN, o registro de la propiedad intelectual: Hasta 0,500 puntos.
-> Méritos para la especialidad de Educación Física
- Por tener la calificación de Deportista de Alto Nivel y Alto Rendimiento: 0,400 puntos
-> Méritos para el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas (Hasta 1 punto)
- Por composiciones estrenadas como autor, conciertos como solistas, obra literaria publicada, montajes teatrales estrenados, o interpretaciones escénicas estrenadas.
- Por premios en exposiciones, festivales o en concursos de ámbito autonómico, nacional e internacional
-> Méritos para el Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño (Hasta 1 punto)
- Por premios en exposiciones, ferias o en concursos de ámbito nacional e internacional.
¿Cuántos Cursos Homologados para Oposiciones necesito en Castilla y León?
En el baremo para el sistema de ingreso a la función pública se reserva hasta un máximo de 2 puntos que poder obtener mediante distintas actividades de formación permanente, que debe ser válida para computar en las oposiciones y estar homologada debidamente para que se pueda tener en cuenta como méritos en las mismas.
Es en el apartado del baremo “Otros méritos” de la fase de concurso donde puedes sumar puntos extra a la nota que obtengas en la fase de oposición, gracias a la realización de Cursos Homologados para Oposiciones.
La Comunidad Autónoma de Castilla y León establece en sus convocatorias sus propias particularidades en relación a los cursos homologados para que sean tenidos en cuenta en sus procesos de oposiciones.
En Castilla y León necesitas hacer 6 de nuestros cursos para tener completamente cubierto este apartado.
Los Cursos Homologados para Oposiciones son completamente válidos para las Oposiciones en Castilla y León.