Te explicamos cómo son las Oposiciones de Maestros y Profesores y te contamos toda la información que necesitas para conocer el sistema de acceso a la función pública docente.

Proceso de Acceso a la Función Pública Docente

El sistema de ingreso a la Función Pública Docente se realiza mediante concurso-oposición; esto quiere decir que es un proceso que consta de momentos o periodos.

En primer lugar se realiza la fase de oposición, dividida en dos pruebas, para comprobar los conocimientos científicos de la especialidad y la aptitud pedagógica del aspirante y, en segundo lugar, se celebra la fase de concurso, en la que se valoran los méritos según el baremo de puntos publicado en la convocatoria de la correspondiente Comunidad Autónoma.

Las convocatorias de oposiciones suelen publicarse entres los meses de febrero, marzo y abril, aunque cada comunidad puede publicarla antes o después. Las pruebas suelen comenzar en junio.

Para poder presentarse a las oposiciones docentes los aspirantes deben cumplir una serie de requisitos, tanto generales como específicos según el cuerpo por el que se opte, que son comunes en todas las Comunidades Autónomas y vienen recogidos en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, que aprueba el reglamento de ingreso en la función pública docente.

Sobre la puntuación de la experiencia docente, la ponderación de las dos fases que componen el proceso de oposición y el número de temas a elegir por los opositores en el examen escrito hay que atender al Real Decreto 84/2018, de 23 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Una vez superadas las fases de oposición y concurso se publica la relación de los aspirantes seleccionados para pasar al nombramiento como funcionarios en prácticas.

Fases del Proceso Selectivo

Fase de Oposición

En esta primera fase del procedimiento selectivo se tendrá en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica del aspirante y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

La convocatoria de oposiciones de cada Comunidad Autónoma especificará las características propias de las pruebas de esta fase del proceso, pero todas han de respetar las directrices generales establecidas en el Real Decreto 84/2018, de 23 de febrero.

Esta primera fase de oposición se compone de dos pruebas, de carácter eliminatorio

  • Primera prueba

Esta primera prueba de la fase de oposición será por escrito y tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opte, siendo valorada, en su conjunto, de 0 a 10.

Consistirá en la realización de un examen sin ningún tipo de interrupción, donde el aspirante tendrá que desarrollar unos determinados contenidos de carácter teórico-práctico.

Cada Comunidad Autónoma determinará las características específicas de esta primera prueba mediante la publicación de órdenes de convocatorias en los Boletines Oficiales de las respectivas Administraciones Educativas, y los temarios vigentes para todo el proceso selectivo serán los que se determinan en la Orden de 9 de septiembre de 1993.

Esta prueba, a su vez, consta de dos partes que serán valoradas conjuntamente:

    • PARTE A: Supuesto práctico
  • Es una prueba de carácter práctico con la que los aspirantes deben demostrar que dominan los conocimientos teóricos y científicos de la especialidad a la que optan, así como el dominio de las habilidades técnicas correspondientes. Los opositores tendrán que resolver un supuesto práctico en el que se les plantea una situación concreta relacionada con su especialidad y para la que tienen que organizar una respuesta educativa, didáctica y pedagógica.
    • PARTE B: Tema escrito
  • Consiste en desarrollar uno de los temas que han salido por sorteo justo antes del comienzo del examen.
  • En función del número de temas de la especialidad se podrá escoger entre un determinado número de temas:
    • En las especialidades con un número de temas inferior a 25: Los aspirantes escogerán de entre tres temas.
    • En las especialidades con un número de temas superior a 25 e inferior a 51: Los aspirantes escogerán de entre cuatro temas.
    • En las especialidades con un número de temas superior a 50: Los aspirantes escogerán de entre cinco temas.
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  • Segunda prueba

La segunda prueba de la fase oposición se trata de una prueba oral que se realiza ante la presencia de un Tribunal de Oposiciones y que pretende comprobar la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

Esta segunda prueba se divide en dos partes: en la presentación y defensa de la Programación Didáctica, y en la preparación y exposición de una Unidad Didáctica

    • Presentación y defensa de la Programación Didáctica
  • El aspirante debe elaborar una programación didáctica referida a un curso escolar completo, que contemple los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología para su grupo de alumnos en función del área, materia o módulo por el que se presente, según su nivel o etapa educativa, rigiéndose para su elaboración por el currículo correspondiente de la Comunidad Autónoma en la que se presente. Cada Comunidad Autónoma determinará unas características específicas en cuanto a la extensión de la programación, al igual que el tiempo del que se dispone para su exposición.
    • Preparación y exposición de una Unidad Didáctica o Situación de Aprendizaje
  • El aspirante debe exponer y defender una unidad didáctica de todas las que componen su programación, escogiendo de entre tres extraídas al azar por él mismo. O bien, una Situación de Aprendizaje, dependiendo de la Comunidad Autónoma y lo que estipule la convocatoria. La unidad didáctica tendrá que contemplar los objetivos que se pretenden alcanzar, los contenidos educativos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.
  • Las características de la prueba pueden variar y serán recogidas en las convocatorias de cada una de las comunidades.

Fase de Concurso

La fase de concurso es el proceso de valoración de los méritos del aspirante, según el baremo de puntos publicado en la convocatoria de oposiciones de la correspondiente Comunidad Autónoma en la que se presente a las pruebas.

En esta fase los baremos que fijen cada una de las convocatorias se estructuran en tres bloques, cada uno de ellos con una puntuación máxima a alcanzar:

  • Experiencia previa: Máximo 5 puntos
  • Formación académica: Máximo 5 puntos
  • Otros méritos: Máximo 2 puntos

Entre los tres bloques no pueden superarse los 10 puntos.

El baremo de méritos se detalla en las convocatorias de oposiciones de cada Comunidad Autónoma pero, en general, todas ellas respetan las siguientes especificaciones:

Cómo son las Oposiciones en cada una de las Comunidades Autónomas

Cada Comunidad Autónoma establece en su convocatoria de Oposiciones algunos requisitos propios que marcan algunas diferencias con respecto a otras comunidades. Por eso, es necesario conocer cuáles son las principales características de las últimas convocatorias de Maestros y Profesores de la Comunidad Autónoma en la que te presentes.

Desde Campuseducacion.com hemos seleccionado las principales características de las pruebas de la fase de oposición, así como las características de la fase de concurso, en base a las últimas convocatorias de Maestros y Profesores de todas las Comunidades Autónomas, para ofrecerte un resumen y una guía de cada una de ellas.

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