Convocadas oposiciones en CANTABRIA por Orden ECD/17/2016, de 8 de marzo, que establece las bases y convoca procedimientos selectivos para el ingreso y accesos al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, así como para la adquisición de nuevas especialidades, y se efectúa la convocatoria para la elaboración de listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en dicho Cuerpo.
Plazo de presentación de Instancias del 16 de marzo al 4 de abril (ambos incluidos).
Índice de contenidos
1Plazas y solicitudes.
Número de Plazas 178:
- Lengua Castellana y Literatura 41.
- Geografía e Historia 26.
- Matemáticas 21.
- Física y Química 16.
- Biología y Geología 16.
- Inglés 26.
- Orientación Educativa 16.
- Tecnología 16.
Se reservan 18 plazas del total de las ofertadas, para ser cubiertas por quienes tengan la
condición de personas con discapacidad.
Solicitudes.
Cumplimentar el formulario electrónico que consta como Anexo XI, habilitado al efecto en la página Web de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, (www.educantabria.es, Profesorado – Procesos Selectivos 2016), enviándolo a través de Internet.
Pago de las tasas.
Para poder participar en la presente convocatoria los aspirantes deberán abonar, por cada solicitud, el importe de 30,30 euros en concepto de tasas por derechos de examen. El pago de la tasa correspondiente deberá hacerse utilizando el impreso original del modelo 046.
2Documentación a presentar.
Junto con la Solicitud de Participación:
- Fotocopia del título exigido para el ingreso en el cuerpo de maestros o copia de la certificación del abono de los derechos de su expedición.
- Anexo V de esta convocatoria, señalando el documento acreditativo de la posesión de la formación pedagógica y didáctica, y acompañar fotocopia del mismo.
- El «Ejemplar para la Administración» del modelo 046 que acredite el abono de la tasa correspondiente.
- Documentación justificativa indicada en el baremo que aparece como Anexos I y II.
3Sistema de Selección.
Para poder acceder a la fase de concurso, los aspirantes tendrán que obtener una puntuación igual o superior a cinco puntos en la fase de oposición.
El sistema de ingreso será el de concurso –oposición. En la fase de concurso se valorarán, entre otros méritos, la formación académica y la experiencia docente previa. En la fase de oposición se tendrán en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Asimismo existirá una fase de prácticas, que podrá incluir cursos de formación, y constituirá parte del proceso selectivo.
NOTA TOTAL= 2/3 Fase Oposición + 1/3 Fase de Concurso
Únicamente a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso, a efectos de determinar su puntuación global obtenida en el proceso selectivo.
4Fase oposición.
Nota Fase de Oposición = Primera Prueba(50%) + Segunda Prueba(50%).
Nota Primera Prueba (de 0 a 10)= 50%ParteA + 50%ParteB.
Nota Segunda Prueba (de 0 a 10).
Según dispone el artículo 20.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, cada una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.
Los aspirantes de la especialidad de Idioma Extranjero: Inglés, deberán realizar todas las pruebas que integren la fase de oposición en este idioma.
1.- Primera Prueba.– conocimientos específicos de la especialidad docente.
Las notas de la primera y segunda prueba será publicada en la sede de cada tribunal y se establece un periodo de 2 días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación para reclamaciones.
Parte A.– (duración máxima 4h) En todas las especialidades se incluirá una prueba práctica consistente en la realización de una serie de ejercicios que ajustándose a lo dispuesto en el Anexo IV.
Parte B.– Desarrollo por escrito, durante un tiempo de dos horas, de un tema elegido por el aspirante de entre dos temas extraídos al azar por el Tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad.
2.- Segunda Prueba. Comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
La segunda prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, debiendo alcanzarse para su superación una puntuación igual o superior a cinco puntos. El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral de la programación didáctica (menos de 30 min) y la exposición de la unidad didáctica.
Parte primera. Presentación de una programación didáctica.
Parte segunda. Preparación y exposición de una unidad didáctica. Entre tres extraídas al azar de su propia programación de un tema de entre tres del temario oficial de la especialidad.
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6Fase de Concurso. Baremo para la valoración de Méritos (Máximo 10 puntos).
En esta fase se valorarán los méritos que acrediten los aspirantes conforme al baremo establecido en el ANEXO I.
Únicamente serán baremados aquellos méritos obtenidos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
NOTA: Contra el reconocimiento provisional de méritos, los interesados podrán presentar reclamacióndirigida a la Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de comienzo del periodo de consulta.
I.- Experiencia docente previa (máximo 5 puntos).
- Por cada año de experiencia docente en especialidades del Cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos (1,000 punto)
- Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos Cuerpos al que opta el aspirante, en centros públicos (0.5 puntos)
- Por cada año en especialidades del mismo nivel o etapa en otros centros (0,5 puntos)
- Por cada año en especialidades de distintos nivel o etapa educativa que el impartido por el Cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros (0,250 puntos)
II.-Formación Académica (máximo 5 puntos).
- Expediente académico:
- Desde 6,01 a 7,5 -> 1 puntos
- Desde 7,51 a 10 -> 1,5 puntos
- Postgrado (1 punto), Doctorado (1 punto) y premios extraordinarios (0,500 puntos).
- Otras titulaciones universitarias de carácter oficial (por cada titulación de primer o segundo ciclo 1 punto).
- Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica:
- Título profesional de Música o Danza (0,500 puntos)
- Certificado de Nivel avanzado o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas (0,500 puntos)
- Título Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño (0,200 puntos)
- Título Técnico Superior de Formación Profesional (0,200 puntos)
- Título técnico Deportivo Superior (0,200 puntos)
III.- Otros méritos (máximo 2 puntos).
En ningún caso serán valorados aquellos cursos o asignaturas integrantes de un Título académico, Máster u otra Titulación de
Postgrado.
- Formación permanente. Por cada curso de formación permanente
y perfeccionamiento superado:
- No inferior a 3 créditos 0.2 puntos.
- No inferior a 10 créditos 0.5 puntos.
- Por cada curso desempeñado como becario/a en programas, proyectos o planes institucionales: 0.10 por curso.
- Dominio de idiomas extranjeros: Por cada certificación acreditativa de nivel B2, C1 o C2 de Escuelas Oficiales de Idiomas o distintos: 0.5 puntos.
7Listados de Admitidos.
Listas provisionales de Admintidos y excluidos.
- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la la Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
- Se habilitará plazo de 10 días hábiles para reclamaciones contra las listas provisionales de admitidos y excluidos a partir de su publicación.
Listas definitivas de admitidos y excluidos.
- Resueltas las alegaciones y/o aceptadas, se apruobarán los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos.
- Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
8Comienzo y desarrollo del proceso selectivo.
- Se llevará a cabo un acto de presentación al que los aspirantes deberán asistir con carácter obligatorio en persona.
En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los opositores que acrediten su identidad.
- Desarrollo.- El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «H».
- Duración máxima del procedimiento selectivo. El procedimiento selectivo deberá estar resuelto el 31 de agosto de 2016.
- Los Tribunales publicarán en su sede las calificaciones otorgadas en la primera Prueba y posteriormente de la segunda Prueba. Plazo de 2 días hábiles para reclamaciones después de la publicación de cada nota.
- Las puntuaciones provisionales obtenidas en la fase de concurso tendrán un plazo de 10 días hábiles para su reclamación. Las puntuaciones definitivas sólo admiten recurso de alzada en el plazo de un mes.
Superarán estos procedimientos y, por tanto, se declarará que han superado el proceso selectivo en esta Comunidad Autónoma aquellos aspirantes que, habiendo obtenido, al menos, cinco puntos en la prueba y ordenados según la suma de las puntuaciones alcanzadas en el concurso y en la prueba, obtengan un número de orden igual o inferior al número de plazas convocadas para estos accesos en el correspondiente Cuerpo y Especialidad.