La asignatura de Religión tras la LOMCE

Cambios legislativos en Primaria, Secundaria y Bachiller

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asignatura de religión LOMCE

Configuración de la asignatura de Religión con la LOMCE.

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (en adelante LOMCE) modificó de manera considerable la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante LOE) en muchos de sus aspectos fundamentales, como los cambios introducidos en la asignatura de Religión, lo cual ha sido visto como una gran polémica que ha generado diversos debates. A este respecto, lo más significativo es que dicha materia ha pasado a tener un carácter evaluable, siendo así computable para la nota media del respectivo curso escolar, junto a las modificaciones introducidas en su carga horaria.

LA RELIGIÓN EN LA LOMCE

La asignatura de Religión

Con la aprobación de la LOMCE la asignatura de Religión ha pasado de ser una asignatura meramente optativa a ser categorizada como una materia perteneciente al bloque de asignaturas específicas en las etapas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, lo que supone que adquiere ahora carácter evaluable y su horario queda sujeto a lo que establezca cada Comunidad Autónoma. Y ha sido precisamente esta decisión, la de otorgar libertad a las autonomías para que establezcan un horario en lugar de decidirlo directamente desde el Ministerio de Educación, lo que ha generado notable polémica y malestar.

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Efectivamente, la Religión es ya una asignatura específica, aunque esto no deja de ser más que una nueva denominación de las tantas que se han utilizado a lo largo de las numerosas leyes orgánicas educativas que en España se han aprobado y cambiado a lo largo de las últimas décadas.

Lo realmente interesante del cambio es que la denominación de “específica” la asemeja a asignaturas tales como la Educación Física, la segunda Lengua Extranjera o la Educación Artística, equiparación que no a todos los miembros de la comunidad educativa parece contentar.

En Ceuta y Melilla, Andalucía, Galicia y Canarias, por ejemplo, se ha recortado la carga horaria de esta asignatura, lo cual no puede tacharse como algo inapropiado ya que la LOMCE especifica, en su artículo 6, que dentro de la regulación y límites establecidos por el Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con los apartados anteriores, las Administraciones educativas podrán fijar el horario correspondiente a los contenidos de las asignaturas de los bloques de asignaturas específicas y de libre configuración autonómica”. No obstante, en el ejercicio de esta autonomía puede verse cómo el descenso de tiempo en todos estos territorios es evidentemente asimétrico, partiendo de la base de que mediante los diferentes Reales Decretos cada Comunidad presentan su particular adaptación de la LOMCE en los ámbitos que así se lo permita el Gobierno.

Carga horaria en la asignatura de Religión por Comunidad

Dentro de cada comunidad autónoma, y para cada curso y etapa educativa, el currículo en lo que se refiere a la distribución horaria de cada asignatura es distinto. En Educación Infantil se sigue contando con la distribución de hora y media por áreas de conocimiento (no asignaturas), en Educación Primaria se manejan intervalos horarios de 45 minutos, en sesiones, y lo mismo ocurre en Secundaria y Bachillerato. En Bachillerato, por ejemplo, etapa no obligatoria, la gran novedad que la LOMCE establece para la Religión es que puede o no ofertarse ya que, al ser una asignatura específica, ésta depende de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes.

En el curso 2015/2016, la asignatura de Religión se distribuyó de formas muy dispares en las diferentes comunidades, veamos algunos ejemplos:

  • En Andalucía se marcó otorgarle 45 minutos semanales en Primaria, una hora semanal en primero, segundo y cuarto de la ESO y dos horas en tercero, y una hora y dos horas semanales en primero y segundo de Bachillerato, respectivamente.
  • Aragón marcó dos horas de Religión en Infantil y Primaria, una hora en Secundaria y otra en Bachillerato, con su alternativa de Educación para la Ciudadanía.
  • Lo mismo que Aragón implantó Asturias, solo que eliminando la asignatura en el segundo curso de Bachillerato.
  • En las Islas Baleares se mantuvo una hora semanal de Religión en Primaria y ESO, aumentando a tres las de Bachillerato, y en las Canarias los valores fueron muy parecido a los de la anterior LOE.
  • En Cantabria se marcaron hora y media para Primaria, una hora en Secundaria, una hora en primero de Bachiller y ninguna en segundo.
  • Castilla-La Mancha optó por mantener una hora y media de clase en Primaria, cinco horas en Secundaria (como con la LOE) y dos horas en primero de Bachillerato.
  • Castilla y León redujo en Primaria de 9 horas a 7,5, y dejó igual la distribución en ESO y Bachiller (5 y 2, respectivamente).
  • En Ceuta y Melilla solo se dejaron 45 minutos para esta asignatura.
  • En Navarra se deja una hora y media semanal en toda la etapa de Primaria, dos horas en primero y segundo de ESO, una hora en tercero y cuarto, y tres horas en primero de Bachillerato.

Acuerdos con el Vaticano

Con los anteriores ejemplos, podemos ver que en la ESO hay una mayor homogeneidad en el descenso horario de la Religión y es generalizada la determinación de una hora de esta materia en cada uno de los cuatro cursos escolares de dicha etapa educativa. Por su parte, en el primer curso de Bachillerato la asignatura está presente en todas las comunidades autónomas, ya que los “Acuerdos entre el estado Español y la Santa Sede”, de 1979, así lo estipula. Sin embargo, no sucede lo mismo en el segundo curso, donde algunas comunidades autónomas han prescindido de ella. En este último caso, la interpretación de los reseñados acuerdos, firmados el 3 de enero de1979 es ambigua, pero no por eso hay que dejar de tenerlos en cuenta.

Estos acuerdos evidentemente se refiere a la enseñanza de la Religión Católica pero su aplicación arrastra al resto de confesiones que se ofertan en función de los alumnos que las escojan y a los acuerdos que el Estado español tiene con ellas.

Por su parte, los acuerdos con el Vaticano establecen con nitidez que:

  • La Religión Católica deberá ofertarse de forma obligatoria pero con carácter de elección voluntaria.
  • La enseñanza religiosa será impartida por las personas que sean designadas por la autoridad académica entre aquellas que el ordinario diocesano proponga para ejercer esta enseñanza.
  • A la jerarquía eclesiástica corresponde señalar los contenidos de la enseñanza y formación religiosa católica, siendo la única asignatura cuyo currículo no lo establecen las administraciones públicas.

Sin embargo, estos acuerdos en su artículo II, contienen dos cuestiones que son verdadero motivo de controversia.

El primer motivo tiene que ver con lo que se refleja de la manera siguiente: Los planes educativos en los niveles de Educación Preescolar, de Educación General Básica (EGB) y de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) y Grados de Formación Profesional correspondientes a los alumnos de las mismas edades, incluirán la enseñanza de la religión católica en todos los Centros de Educación”.

Y con lo que se menciona en el “Protocolo final”:

Lo convenido en el presente Acuerdo, en lo que respecta a las denominaciones de centros, niveles educativos, profesorado y alumnos, medios didácticos, etc., subsistirá como válido para las realidades educativas equivalentes que pudieran originarse de reformas o cambios de nomenclatura o del sistema escolar oficial.

El Estado Español y la Santa Sede

Actualmente ya no existe la Educación Preescolar, la EGB y el BUP, por lo que hay que dirigirnos a lo que dice el “Protocolo final” respecto a los niveles educativos que puedan ser equivalentes en un futuro. Y en este sentido, hoy estarían comprendidas todas las edades hasta el primer curso de Bachillerato, no así ya el segundo de Bachillerato actual, que en edad no se correspondería con el antiguo BUP, sino con el COU, donde ya no se obligaba a impartir Religión y, de hecho, ni tan siquiera figura en los acuerdos con la Santa Sede.

Como hemos indicado anteriormente, varias comunidades autónomas han quitado la asignatura de Religión del segundo curso de Bachillerato, ante lo cual no se han hecho esperar, en los últimos años, los recursos por parte de sindicatos de profesores de Religión Católica y de diversas Diócesis y Archidiócesis.

El segundo motivo de controversia que contiene el artículo II de los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede sobre enseñanza y asuntos culturales se contiene en la siguiente afirmación, que dice que la Religión Católica se impartirá “en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales”. Esta expresión ha sido interpretada, por los agentes ya citados anteriormente, que defienden (por intereses obvios) la impartición de esta materia en la mayor medida posible, como un impedimento a la rebaja del horario de Religión.

Desde un punto de vista lógico, no tiene sentido pensar que las “condiciones” se refieren al horario. De hecho, de ser interpretado así, y al supuesto de tener que equiparse a las “disciplinas fundamentales”, se deberían haber dado siempre y seguir dándose cuatro o cinco horas de Religión, las mismas que de, por ejemplo, Lengua o Matemáticas.

Con todo esto, podemos establecer varias condiciones:

  • Con la LOMCE, la asignatura de Religión pasa a equipararse con otras dentro de la categoría de “asignaturas específicas”, lo que supone el carácter evaluable y de cómputo para el expediente y la nota media.
  • Otra de las consecuencia es que los horarios de la asignatura de Religión pasan a establecerlos las administraciones con competencias en educación no universitaria o, lo que es lo mismo, las Comunidades Autónomas. El Ministerio de Educación decide en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
  • Se han desencadenado una serie de movimientos por parte de numerosas administraciones que han apostado por la disminución horaria de esta asignatura, en alguna o varias de las diferentes etapas educativas.
  • En general las reducciones de los horarios de Religión han salido adelante, aunque los recursos judiciales de los Obispados territoriales correspondientes, asociaciones o sindicatos de profesores de Religión Católica, o bien asociaciones de padres o familias católicas, han paralizado algunas de las reducciones pretendidas.
  • La eliminación de la oferta de la asignatura Religión en 2º de Bachillerato está también en entredicho y sin clarificar. En algunas comunidades se ha eliminado y en otras la justicia lo ha impedido, dando la razón a los recursos presentados.

Todo indica, finalmente, que a pesar de la autonomía de las administraciones contemplada en la LOMCE sobre la atribución de la carga horaria de esta asignatura, las disputas continuarán al no encontrar un consenso entre los distintos miembros de la comunidad educativa.

El artículo La asignatura de Religión tras la LOMCE. Cambios legislativos en Primaria, Secundaria y Bachiller forma parte del número 4 de Campus Educación Revista Digital Docente, un proyecto destinado a la divulgación de publicaciones de carácter educativo que permite la difusión del conocimiento y pretende el enriquecimiento de toda la comunidad educativa.

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Elisa Cascán Rosano
Elisa es graduada en Administración y dirección de Empresas y posee un máster en Formación del profesorado. En la actualidad es profesora de Educación Secundaria en IES Pablo Gargallo de Zaragoza.